Hola colegas tengo que Levantar una Inhibicion Gral. de Bienes en C.A.B.A y en Pcia de Bs. As. que se habia ordenado en una Insania. El expediente tramita en C.A.B.A y el auto que ordena la medida dice que se libre oficio y testimonio de estilo. Mi duda es la siguiente realizo oficio dirigido al Registro de C.A.B.A y testimonio ley 22172 dirigido al Registro de la Plata? o estoy en un error. Deben ser dejados a confronte para que los firme el secretario no? Si alguien me podria enviar un modelo del testimonio estare muy agradecida.