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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #824255  por ANAFERNANDEZ
 
Hola, tengo un tema bastante jorobado, desde un principio aclaro dos cosas: que es una jubilación para mi papá y que en Anses le dijeron en su momento que se la liquidaban y luego cuando volvimos a presentarnos porque habían quedado en llamarnos el empleado dijo no conocernos y se desentendió del tema ! Y nos dijo que volviéramos a pedir un turno, así que no se si pedir otro turno y pedir nuevamente que ellos se encarguen!? Aunque no se si lo haran! Ya que esto fue en diciembre.

Mi papá nació el 8/12/1944 por lo que tiene 67 años y por lo tanto 1 año de excedencia para jubilarse.
Situación revista:
01/1971 06/1979 297 4 años impagos salteados no incorporados en el plan 25865.
07/1979 06/1980 297
07/1980 12/1986 297
01/1987 09/1993 297
10/1993 03/1994 297
04/1994 10/1995 297
11/1995 01/1996 297
02/1996 08/1996 297
09/1996 12/1998 297
01/1999 01/2001 297
02/2001 03/2001 297
04/2001 02/2002 297
03/2002 04/2002 297
05/2002 03/2012 10 (monotributista) Todo pago en termino y forma.


Aparte tiene un plan LEY 25865 que hoy día le aparece vigente: que me dice que tiene una deuda de Situación Actual Imp. 374 $5001.38. La deuda original eran 60cuotas por $14500 de las cuales pago 40 cuotas.
El plan seria imputado a los periodos, que estaban adeudados:
01/1982 al 10/1984
4/1994 al 12/1995
03/1996 a 4/2002
Y desde el 05/2002 hasta la actualidad paga todo como un relojito!

Además por lo que estuve leyendo en el foro no debía calcular la deuda por le 24476 sin pagar esto y sin saber lo hice y me da como si mi papá no hubiera pagado nada nunca en su vida!!! Si se entera directamente me fusila!!!
Por eso no se si ir con el a Anses porque si no tiene arreglo y se lo dicen me mata!!! :oops:

Por otro lado quise dar de baja estos años por ley 25321 para que el plan se me pasara a la compra de años más antiguos y nada! Me parece que me mande una macana gigante!
No estaba nada iluminada ese día! todo mal.
Mi pregunta es que puedo hacer, si es que se puede hacer algo?
Si pago lo que se debe del plan es posible arreglar la situación?
Es posible solo pagar el plan de la ley 24476 sin pagar esta deuda del plan 25865?
Desde ya Gracias.
Ana
*flor*
 #824284  por hugo2
 
Dra. cuando algo me supera lo derivo a alguien que entienda.
Con relacion al tema que plantea tiene que pedir la baja del pla 25865.
 #824370  por ANAFERNANDEZ
 
Hola, si doy de baja el plan (en AFIP), estos pagos se reimputan a periodos mas viejos instantaneamente o yo los tengo que imputar?
y otra pregunta, cuando se da de baja se hace un plan con la ley 24476, como normalmente se hace y listo?
Bueno, desde ya muchas Gracias.
Ana
 #824384  por MARIO1943
 
HAY AFIP, QUE NO TE PERMITEN LA BAJA DEL PLAN, EN E STE CASO TENES QUE REFORMULAR LA DEUDA, QUE PASA A PARTIR DEL 09/1993, DE SER ASI , TENES QUE IR A LA PESTANA QUE DICE REFORMULAR LA DEUDA E IMPRIMIR LAS BOLETAS PARA EL PAGO CON LOS IMPORTES CORRESPONDIENTE, SI TE LLEGAN A DAR LA BAJA DEL PLAN EN AFIP, LO PAGADO SE IMPUTA A LA DEUDA MAS VIEJA
 #824422  por arielruiz86
 
ANAFERNANDEZ escribió:Hola, tengo un tema bastante jorobado, desde un principio aclaro dos cosas: que es una jubilación para mi papá y que en Anses le dijeron en su momento que se la liquidaban y luego cuando volvimos a presentarnos porque habían quedado en llamarnos el empleado dijo no conocernos y se desentendió del tema ! Y nos dijo que volviéramos a pedir un turno, así que no se si pedir otro turno y pedir nuevamente que ellos se encarguen!? Aunque no se si lo haran! Ya que esto fue en diciembre.

Mi papá nació el 8/12/1944 por lo que tiene 67 años y por lo tanto 1 año de excedencia para jubilarse.
Situación revista:
01/1971 06/1979 297 4 años impagos salteados no incorporados en el plan 25865.
07/1979 06/1980 297
07/1980 12/1986 297
01/1987 09/1993 297
10/1993 03/1994 297
04/1994 10/1995 297
11/1995 01/1996 297
02/1996 08/1996 297
09/1996 12/1998 297
01/1999 01/2001 297
02/2001 03/2001 297
04/2001 02/2002 297
03/2002 04/2002 297
05/2002 03/2012 10 (monotributista) Todo pago en termino y forma.


Aparte tiene un plan LEY 25865 que hoy día le aparece vigente: que me dice que tiene una deuda de Situación Actual Imp. 374 $5001.38. La deuda original eran 60cuotas por $14500 de las cuales pago 40 cuotas.
El plan seria imputado a los periodos, que estaban adeudados:
01/1982 al 10/1984
4/1994 al 12/1995
03/1996 a 4/2002
Y desde el 05/2002 hasta la actualidad paga todo como un relojito!

Además por lo que estuve leyendo en el foro no debía calcular la deuda por le 24476 sin pagar esto y sin saber lo hice y me da como si mi papá no hubiera pagado nada nunca en su vida!!! Si se entera directamente me fusila!!!
Por eso no se si ir con el a Anses porque si no tiene arreglo y se lo dicen me mata!!! :oops:

Por otro lado quise dar de baja estos años por ley 25321 para que el plan se me pasara a la compra de años más antiguos y nada! EL SICAM NO TOMA COMO PAGO A CUENTA PAGOS DE LA 25865 (AUNQUE CONSULTAS DE AFIP DIGAN LO CONTRARIO PORQUE YO AUN NO LO PUDE CORROBORAR...) Me parece que me mande una macana gigante!
No estaba nada iluminada ese día! todo mal.
Mi pregunta es que puedo hacer, si es que se puede hacer algo?
Si pago lo que se debe del plan es posible arreglar la situación? SI, LO MAS CONVENIENTE PARA HACER VALER TODO EL PERIODO REGULARIZADO POR LA 25865
Es posible solo pagar el plan de la ley 24476 sin pagar esta deuda del plan 25865? SI, PERO SE PIERDE TODO LO ABONADO POR EL PLAN 25865
Desde ya Gracias.
Ana
*flor*
 #824449  por MARIO1943
 
Es posible solo pagar el plan de la ley 24476 sin pagar esta deuda del plan 25865? SI, PERO SE PIERDE TODO LO ABONADO POR EL PLAN 25865

ARIEL, SI NO PAGAS EL SALDO DE LA 25865, ES IMPOSIBLE REGULARIZAR POR LA 24476, NO TE DEJA AVANZAR, CREO QUE EN UNA OPORTUNIDAD DIJISTE LO MISMO , PERO DESPUES LO CORREGISTE
 #824507  por ANAFERNANDEZ
 
Hola, perdón mi ignorancia, pero no es mejor darlo de baja al plan, en este caso en particular, ya que mi papa´tiene 42 años de autonomo y muchos años antiguos para pagar? y dar de baja (con la ley 25231) los años impagos más recientes desde 1982 en adelante? o no?
Desde ya gracias por responderme. *flor*
Ana
 #824523  por MARIO1943
 
ANAFERNANDEZ escribió:Hola, perdón mi ignorancia, pero no es mejor darlo de baja al plan, en este caso en particular, ya que mi papa´tiene 42 años de autonomo y muchos años antiguos para pagar? y dar de baja (con la ley 25231) los años impagos más recientes desde 1982 en adelante? o no?
Desde ya gracias por responderme. *flor*
Ana
SI, PERO HAY QUE VER SI AFIP TE ACEPTA LA BAJA DEL PLAN, HACES UNA SOLICITUD D E BAJA DEL PLAN CPON F. 207(MULTINOTA), YO HASTA AHORA NO HE TENIDO SUERTE , SE QUE ALGUNOS HAN PODIDO DAR D E BAJA AL PLAN
 #824671  por ANAFERNANDEZ
 
Hola,
Yo lo voy a enviar ami papá para que le dé la baja, si no se la dan él igualmente va a darse cuenta de que yo no soy la que le quiere hacer pagar por pagar! Porque los padres son así, o el mio es así!!!

Otra pregunta es si paga o da de baja, el resultado que fuere, puedo calcular un plan con la 24476 en forma normal? Cuanto tengo que esperar para que se acomode todo y poder calcularlo?

Que sea lo que Dios quiera!
Después les comento que paso!

Por ahora muchas gracias por todo. *flor*
*suerte*

Ana
 #824765  por MARIO1943
 
ANAFERNANDEZ escribió:Hola,
Yo lo voy a enviar ami papá para que le dé la baja, si no se la dan él igualmente va a darse cuenta de que yo no soy la que le quiere hacer pagar por pagar! Porque los padres son así, o el mio es así!!!

Otra pregunta es si paga o da de baja, el resultado que fuere, puedo calcular un plan con la 24476 en forma normal? Cuanto tengo que esperar para que se acomode todo y poder calcularlo?

Que sea lo que Dios quiera!
Después les comento que paso!

Por ahora muchas gracias por todo. *flor*
*suerte*

Ana
AL PAGAR HAY QUE ESPERAR QUE S E ACREDITE Y A PARTIR D E AHI , ENTRAS A LA PESTANA DE REFORMULACION , CONFIRMAS EL PLAN DE LA 25565 Y YA TE LIBERA LA RESTRICCION QUE HABIA Y LA PODES HACER TRANQUILAMENTE POR LA 24476
 #824907  por arielruiz86
 
MARIO1943 escribió:Es posible solo pagar el plan de la ley 24476 sin pagar esta deuda del plan 25865? SI, PERO SE PIERDE TODO LO ABONADO POR EL PLAN 25865

ARIEL, SI NO PAGAS EL SALDO DE LA 25865, ES IMPOSIBLE REGULARIZAR POR LA 24476, NO TE DEJA AVANZAR, CREO QUE EN UNA OPORTUNIDAD DIJISTE LO MISMO , PERO DESPUES LO CORREGISTE

Asi es mario, exacto; me falto agregar aca "PREVIA SOLICITUD DE BAJA DEL PLAN 25865 EN LA AFIP" (con todos los "peros" y resistencia de la afip).
 #825224  por ANAFERNANDEZ
 
Hola, Perdon, pero la baja del plan la pido en Afip ó en anses? Hago una nota?
Gracias, *flor*
Ana
 #825255  por andrea1982
 
Ana, con todo respeto, Mario y hugo son contadores, y ellos podrán opinar mejor que yo sobre esto, pero no te convendría ir personalmente con un contador... ? :roll:
 #825692  por ANAFERNANDEZ
 
Hola,
Gracias Mario, perdón, pero ya se que sos un genio siempre me diste buenas ideas las pocas veces que pregunte! (aunque vos ni te acuerdes!!!

Bueno, pero preguntando se llega a Roma y encontre esto: Tal vez me sirva y les sirva,
ID 7581698
Evento 1994 - ¿CÓMO REALIZO LA BAJA DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LA LEY 25.865?
13/06/2008 12:00:00 a.m.


La baja de planes de facilidades de pagos correspondientes a la Ley 25.865, podrá ser solicitada en la agencia que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal.
Se deberá tener en cuenta que la baja procede solamente para los planes correspondientes a los impuestos 374 y 375, y que se encuentren con Situación Vigente y Estado Aceptado u Observado.
Una vez dado de baja, en primera instancia el plan quedará con la Situación Baja Prov. lo que implica que solamente se podrá realizar una liquidación en el SICAM 1, pero no podrá efectuar el ingreso al plan Ley 24.476.
Tal situación se mantendrá hasta tanto se modifique el Estado de Baja Prov. a Baja Age, el cual demorará hasta que se confirme la baja del plan, mediante procesos centralizados.


Por otra parte,
RESUMEN:
Tenes que pagar la parte impositiva impaga de contado con los intereses incluidos, solo podes quedar debiendo la parte previsional.
Una vez que pagastes la parte impositiva esperas una semana, presentas F206M indicando que has pagado la parte indicada y que solicitas la baja del plan. No hace falta ni que indiques el numero de plan ni nada.
Una vez presentada, eespers 15 días aproximadamente y tenes la baja confirmada.
espero que te halla servido.

Bueno esto me lo pasaron, no se si es solo teoria , ahora vamos a hacer la práctica y les comento...
Ana