Colegas... inicie un incidente de reduccion de cuota alimentaria en pcia (quilmes), ahora bien el primer proveido dice: Tiénese al peticionante por presentado, parte y por constituído el domicilio legal indicado (art. 40 y siguientes C.P.C.C.).
Del incidente de reducción de cuota alimentaria de cuota alimentaria, traslado a la accionada por el plazo de CINCO días (arts. 180, 647 y concdts. del C.P.C.C.). Notifiquese con copias.
Sin perjuicio de lo ordenado ut supra, visto que la materia de las presentes es susceptible de conciliación, pasen los autos al Sr. Consejero de Familia interviniente para que designe fecha de audiencia a sus efectos (art. 833 del C.P.C.C.).
Bien, me asignaron ademas fecha de audiencia ante el consejero de flia. Realice la cedula con todo el contenido, pero resulta que me volvio sin notificar debido a q nadie atendio a los llamados del oficial notificador. al estar la audiencia proxima (12 de abril) solicite al tribunal autorizacion para notitifcar por CD de la audiencia y me despacharon q no hace falta pedir la autorizacion, o sea q la puedo enviar.
Ahora bien mi gran duda es: si notifico de la audiencia por Cd, estaria omitiendo el traslado por el plazo de 5 dias? en que quedaria ello?. me da temor que la otra parte al no haber recibido dicho traslado me oponga algo. les paso alguna vez? espero respuestas gracias
Del incidente de reducción de cuota alimentaria de cuota alimentaria, traslado a la accionada por el plazo de CINCO días (arts. 180, 647 y concdts. del C.P.C.C.). Notifiquese con copias.
Sin perjuicio de lo ordenado ut supra, visto que la materia de las presentes es susceptible de conciliación, pasen los autos al Sr. Consejero de Familia interviniente para que designe fecha de audiencia a sus efectos (art. 833 del C.P.C.C.).
Bien, me asignaron ademas fecha de audiencia ante el consejero de flia. Realice la cedula con todo el contenido, pero resulta que me volvio sin notificar debido a q nadie atendio a los llamados del oficial notificador. al estar la audiencia proxima (12 de abril) solicite al tribunal autorizacion para notitifcar por CD de la audiencia y me despacharon q no hace falta pedir la autorizacion, o sea q la puedo enviar.
Ahora bien mi gran duda es: si notifico de la audiencia por Cd, estaria omitiendo el traslado por el plazo de 5 dias? en que quedaria ello?. me da temor que la otra parte al no haber recibido dicho traslado me oponga algo. les paso alguna vez? espero respuestas gracias