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  • DENUNCIA DOMICILIO EN CHINA!!!

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 #826942  por quiensuscribe
 
Este es bastante gracioso, y la verdad que me dejo tecleando....
Sintesis de situación: Demanda laboral contra el Sr. X, chino en argentina.
Despues de contestada la demanda, el Sr. X fallece.
El abogado de la contraria denuncia dicho fallecimiento y el domicilio de los herederos en la Republica Popular China!.
Honestamente veo muy dificil tramitar un exhorto diplomatico a China, (no revise si exsiten tratados con ese pais) por la sencilla razónd e que sería más costoso que el reclamo mismo, y no podemos afrontar el gasto.
Concretamente, ¿entienden que exista la posibilidad de evitar notificarlos en China?...
Espero comentarios!
Saludos,,
 #826974  por PABLOutsupra
 
Se te va a complicar hacer el oficio de a china je.
Que cosa rara, lo que podrias hacer es pedir un embargo preventivo por la complejidad del caso, sobre las cuentas que poseia el Sr. X en el país o cualquier otro bien, seguramente es un supermercado, asi que podrias pedir un interventor recaudador para salvaguardar el credito laboral de tu cliente... yo pienso que alguien se presentara a futuro.

Saludos
 #827001  por pepecurdele
 
en primer lugar la denuncia del fallecimiento efectuada por el letrado no tiene mayores efectos, mientras no te agreguen el certificado de defuncion, el chino para vos y el juzgado esta vivo, segui adelante y despues en todo caso ves como seguis el tramite, ahora y a esta no lo tengo tan presente pero me parece que no es tan complicado.
 #827200  por ebarreyro
 
El abogado del chino, es apoderado? De ser apoderado, sigue representándolo hasta que aparezca el sucesor. Y extrapolando el escepticismo del colega preopinante -el que comparto-, hasta que no acreditan el vínculo del denunciado como heredero, manifestaría que desconozco la existencia de sucesores y que, no pudiendo identificarlos, solicito sean citados por edictos. Asimismo, nada obsta a que Ud. abra la sucesión en el país -por los presuntos bienes que pudiera tener en el territorio-. Y embargo sin pensarlo.
 #827222  por quiensuscribe
 
Agradezco las respuestas. En verdad el muy pillo me denuncio lo herederos, pero voy a seguir el consejo de quien me antecede, y desconocer su calidad de herederos.
...Asunto particular este la verdad..
 #827346  por gusgus
 
exacto!!!! si no esta acreditado con certificado de defuncion.... el juicio no debe suspenderse....
 #828015  por sanjuanino
 
La verdad, no había contestado antes el hilo a falta de respuesta por mi parte, que los otros colegas del foro supieron suplir.
Pero me sigue dando risa cada vez que lo leo. Y no es burla hacia el creador del hilo, Es que hay tipos que con su creatividad llegan a límites de novela.¿Como a un colega, seriamente, le da la cara para presentarse en tribunales y decir que su cliente - por cierto fallecido - trabajaba en argentina pero tenía domicilio en china?
En San Juan, que por supuesto no es buenos aires, por lo ridículo de la situación sería tapa del diario local
 #828034  por gusgus
 
sanjuanino escribió:La verdad, no había contestado antes el hilo a falta de respuesta por mi parte, que los otros colegas del foro supieron suplir.
Pero me sigue dando risa cada vez que lo leo. Y no es burla hacia el creador del hilo, Es que hay tipos que con su creatividad llegan a límites de novela.¿Como a un colega, seriamente, le da la cara para presentarse en tribunales y decir que su cliente - por cierto fallecido - trabajaba en argentina pero tenía domicilio en china?
En San Juan, que por supuesto no es buenos aires, por lo ridículo de la situación sería tapa del diario local
no no, estimado colega cuyano....

lo que dice el colega consultante es que los herederos tienen domicilio en China!!!!!

lo cual no resulta irrazonable, ni objetable el proceder del colega...

es totalmente probable/razonable, que el chino hubiera venido al pais solo, sin sus hijos... quien sabe....

quizas el colega que denuncia el deceso dice la verdad... demosle el beneficio de la duda....

ahora, creo que todos coincidimos que la situacion planteada es un verdadero grano en el ******* para el colega que consulta!!!! :lol:

creo yo que una alternativa seria lograr, dadas la circunstancias extraordinarias expuestas reconocidas por el letrado del demandado, alguna cautelar contra el difunto, inhibicion, embargo de bienes inmuebles si tenia, embargo de cuentas bancarias... de esta forma los herederos interesados en su patrimonio deberian de aparecer por estos pagos!!!!
 #828252  por sanjuanino
 
quiensuscribe escribió: El abogado de la contraria denuncia dicho fallecimiento y el domicilio de los herederos en la Republica Popular China!.
Tiene razón mi amigo gugus. Yo había leido (o mejor dicho) creía haber leido que el chino muerto se domiciliaba en algún bosque de la china. Por leer rápido, me tengo que tragar lo que dije del colega de la sucesión china *cafe*
 #829129  por cinti2
 
Si el último domicilio estaba en Argentina, la sucesión tiene que tramitar acá.
Por qué no averiguás si el negocio sigue funcionando? Quizás está uno de los hijos acá y el planteo del abogado fue meramente dilatorio.
 #829434  por quiensuscribe
 
Estimados,
Previo a todo agradezco las opiniones y posibles soluciones que me arriman.
Efectivamente acompañaron partida, el muchacho fallecio en Mar del Plata, ciertamente es el último domicilio del causante...
El asunto es que, en m circunscripcion, se produce caducidad de oficio y el tribunal me intima a manifestar mi intención de proseguir o no contra los herederos, evidentemente, también meti escrito dilatorio, por que el local reabrio con otro nombre, seguramente bajo titularidad de algún otro chino, que manejan sus negocios de un modo bastante diferente al que acostumbramos: Por ej. ...El negocio es de una sociedad de personas (una cosa medio comunitaria) pero el "Hombre de paja es uno, y lo alternan...cuando hay mucho problema, bajan persiana, este se va a cualquier punto del pais y ponen otro nombre y otro chino que nada que ver a manejar el negocio)
Lo que pretendo ahora es, siguiendo Baglieri, ir a cobrarme de este segundo chino....
Los voy a mantener al tanto...
No deja de ser gracioso...
 #829442  por dramereu
 
La sucesión tramita en el lugar donde esté situado el bien que tenga, es por el lugar de situación de los bienes.

Teniendo en cuenta lo comentado precedentemente habría una transferencia de establecimiento, concuerdo en ir contra ellos.
 #829585  por dalecalamar
 
Hola tuve caso similar en Bs As. el chino se recontra borró yo continuaría contra el actual propietario del negocio o empresa domiclio actual !!! "herederos no ,en china ni loco " ,, en mi caso x ejemplo, entraron otros chinos al supermercado y se hcieron cargo del crédito c el trabajador porque el super que adquirian los nuevos tiene el mismo nombre ,como son casi todos LUNA , SUERTE AMOR algo asi.... pero la experiencia con los chinos es terrorifica al menos en Capital Fed. al final pude embargar heladeras maquinas de cortar fiambre .
 #829643  por dramereu
 
claro, va por es por transferencia de establecimiento, así cambiaran de denominación, yo tengo un caso con una empresa, en la que uno de los socios se borró y el que queda, constituyendo nueva empresa, se responsabiliza.

Saludos