Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sucesión hermanos - sobrinos

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #832306  por arielba1
 
El tema es el siguiente: causante con 3 hermanos, todos ellos con hijos. De esos 3 hermanos, uno había pre-muerto. La duda que se me plantea es si los sobrinos heredan al tío, concurrentemente con los hermanos del causante o sea sus padres, o únicamente lo hacen en representación cuando el padre falleció. Aparantemente el art. 3561 del CC solo lo harían en representación de su padre. gracias
 #832362  por mcnulty
 
Art. 3.560. En la línea colateral, la representación sólo tiene lugar a favor de los hijos y descendientes de los hermanos, bien sean de padre y madre o de un solo lado, para dividir la herencia del ascendiente con los demás coherederos de grado más próximo.

Art. 3.563. En todos los casos en que la representación es admitida, la división de la herencia se hace por estirpe. Si ésta ha producido muchas ramas, la subdivisión se hace también por estirpe en cada rama, y los miembros de la misma rama.


En tu caso la herencia se divide en tres partes , una de esas partes a su vez se divide entre los tres sobrinos que representan a su padre prefallecido. Los sobrinos cuyos padres (hermanos del causante) viven nada heredan de su tío .