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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #832998  por pablo2011
 
hola buenas tardes la consulta es la siguiente: hace unos meses muere una persona que tiene 3 hijos de un primer matrimonio pero que estaban separados legalmente. los hijos vivian en una ciudad y el en otra con su nueva pareja con quien convivia, a su vez la concubina tiene 2 hijos de otro matrimonio pero que no convivian con ellos.
primero muere el concubino y queda para cobrar una indemnizacion laboral y un seguro de vida. concurrian los tres hijos de el con la concubina porque esta hacia mas de 5 años que compartian el hogar y estaba probado pero antes de firmar el convenio para cobrar la indemnizacion labora muere la concubia. ahora los hijos de esta ultima quieren concurrir en el cobro de la indemnizacion con los otros 3 hijos de el. pueden hacerlo o los descendientes del primer fallecido los excluyen a estos dos ultimos que solo son hijos de la concubina? tienen derecho de representacion?. agradesco las respuestas.
 #836672  por abogadamdq
 
"hace unos meses muere una persona que tiene 3 hijos de un primer matrimonio pero que estaban separados legalmente. los hijos vivian en una ciudad y el en otra con su nueva pareja con quien convivia, a su vez la concubina tiene 2 hijos de otro matrimonio pero que no convivian con ellos."

Un hombre se casa tiene 3 hijos con su esposa. Luego se divorcia.
¿Qué tipo de divorcio tuvieron?.
Luego este hombre forma pareja y vive en concubinato con una mujer con 2 hijos de ella y otra persona, o sea que los hijos no son comunes, son hijos de su concubina.

"primero muere el concubino y queda para cobrar una indemnizacion laboral y un seguro de vida".

Los herederos del hombre son en principio sus hijos matrimoniales. Digo en principio porque falta saber qué tipo de divorcio tuvo con su esposa para determinar si ella queda excluída de la vocación hereditaria.

"concurrian los tres hijos de el con la concubina porque esta hacia mas de 5 años que compartian el hogar".

Los derechos de la concubina no son hereditarios. Los 5 años son requisito para ser su pensionada, no su heredera, los concubinos no son herederos.


"y estaba probado pero antes de firmar el convenio para cobrar la indemnizacion labora muere la concubia. ahora los hijos de esta ultima quieren concurrir en el cobro de la indemnizacion con los otros 3 hijos de el. pueden hacerlo o los descendientes del primer fallecido los excluyen a estos dos ultimos que solo son hijos de la concubina? tienen derecho de representacion?".

Los hijos de la concunina no son herederos de la pareja de su madre. No hay parentesco entre ellos. No hay derecho de representación alguno. Ni la concubina ni los hijos de ella tienen derecho alguno en la sucesión de ese Señor.