Ante un cobro de honorarios regulados por sentencia, luego del traslado de notificación a la vencida, me fui a un ejecutivo para el cobro. No tenía más que el nombre, dcilio y doc. así que pedí todo tipo de informes. No es propietaria, es empleada pública (profesora universitaria UTN Rectorado) y cobra por plan sueldo en Bco XX. A través del BCRA el juez interviniente ordenó el embargo sobre cualquier cuenta y en cualquier lugar del país. Así este Banco XX contestó que la demandada no registra fondos susceptibles de embargo, correspondiente a un plan sueldo del empleador UTN Rectorado, por lo que la medida ordenada no pudo efectivizarse. No obstante informa el Banco XX que ha tomado debida nota a los efectos de efectivizar la medida ordenada sobre los futuros saldos disponibles....
Qué tengo que hacer? embargarle el 20% ? tiene primacía un embargo judicial sobre otros posibles?
Que pasa si lo inhibo para contratar? puedo solicitar se lo incluya en el VERAZ? No sé que hacer...desde el 2009 que se dictó sentencia e hice averiguaciones en RENAPER, REG. DE LA PROPIEDAD, MINIST. DE TRABAJO, ETC. creí que con el embargo bancario, tendría un resultado positivo. Favor orientarme si alguien puede. Gracias.
Qué tengo que hacer? embargarle el 20% ? tiene primacía un embargo judicial sobre otros posibles?
Que pasa si lo inhibo para contratar? puedo solicitar se lo incluya en el VERAZ? No sé que hacer...desde el 2009 que se dictó sentencia e hice averiguaciones en RENAPER, REG. DE LA PROPIEDAD, MINIST. DE TRABAJO, ETC. creí que con el embargo bancario, tendría un resultado positivo. Favor orientarme si alguien puede. Gracias.