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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #837305  por Prisc
 
Un cliente, propietario de un comercio, me preguntó cuánto le cobraría por la cobranza de cuentas corrientes deudoras? Sea que cobre la deuda en forma extra o judicialmente...
Algún colega puede decirme cuánto se cobra (o está cobrando) en estos casos? :?:
Muchas gracias!
 #838304  por Fauchter
 
Hola, en principio tu pregunta es demasiado amplia!
Cuantas cuentas?
De que monto?
Que categoría de deudores?
Y los Gastos casuisticos?

Si tenes una estructura montada, y le agregas esta actividad, calculo que con un 15 a 20% vas a estar bien.
Si solo vas a contar con ese ingreso, mmmm no se... pero el monto tiene que compensar lo que vas a trabajar y dejarte una ganancia.

Te sugiero que para contestarle a tu cliente, primero encuentres las repuestas a las preguntas que puse al principio.

Federico.