Buenos dias. Todos los expertos designados de oficio por el juzgado constituyen su domicilio en Camara al inscribirse para tal o cual especialidad. Es correcto? Gracias, saludos.
Entonces a la hora de librar cedula de notificacion por cargo debe dirigirse al domicilio denunciado el cual es consignado por el juzgado una vez sorteado, correcto?
Entonces por que el oficial notificador me observa la cedula por la acordada 13 87 de la CSJN y en el juzgado que no me la observaron me indica que la acordada puede referirse al tipo de domicilio el cual yo consigne DENUNCIADO?
Para la Acordada de la notificaciones solo existen dos tipos de domicilio, el denunciado y el constituido.
Si remitís una cédula al domicilio denunciado, estás en lo correcto y no debería ser observada por eso.
Me han comentado que el tipo de domicilio debe ser constituido atento se entiende que el experto al anotarse en Camara constituye su domicilio...es una cuestion de criterio cierto?
Podría existir ese criterio en algunos juzgados, pero la mayoría entiende que el domicilio se constituye en el expte y no en la Cámara, por eso toman a éste como denunciado