En mi opinión, la ley 17040 habla de los trámites que se presenten en organismos nacionales, y se aplicaría la ley de honorarios provincial, pero a lo mejor es ínfimo lo que terminás cobrando si te guias por esa ley, porque no contempla lo previsional, yo me tiraría a pedirle, no menos de un haber mínimo de ANSeS o un haber mínimo provincial, esperá otras opiniones. Es gran parte del trámite.