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  • EJECUCION DE HONORARIOS POR GESTIONES EXTRAJUDICIALES

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #841955  por CarlaA
 
Hola a todos, soy nueva en el foro y necesito ayuda con este tema:
El año pasado tuve una clienta que me encomienda la atención integral de su caso (su esposo falleció en un accidente in itinere): gestionar y obtener el acta de defunción de la fiscalía penal interviniente, apersonamiento en causa penal, gestión de cobro de liquidación final e indemnización por muerte del trabajador, cobro de seguro de vida obligatorio y gestión de las prestaciones dinerarias de la ley de riesgos de trabajo. Además y por supuesto, acción civil por daños y perjuicios.
A tales efectos me otorga poder general para juicios y trámites administrativos y poder especial para gestionar los seguros. Acordamos que mis honorarios serían un 20% de los montos que perciba, sea por gestiones judiciales o extrajudiciales, con la firma de un pacto de honorarios.
Comienzo mi trabajo y me apersono en causa penal, le hago pagar la liquidación final de la empleadora y el seguro de vida. Gestiono también el pago de las prestaciones dinerarias.
Atendiendo a su situación personal apremiante (5 hijos menores de edad) cuando cobra la liquidación final sólo le pido un reintegro de gastos, acordando que me abonaría el porcentaje sobre la liquidación cuando cobrara el seguro de vida.
Cuestión que, se hace llevar el cheque del seguro a Salta y viaja hasta allí para cobrarlo a mis espaldas. Desde entonces desapareció. Asimismo, me hizo decir con un colega que me había revocado los poderes, sin que hasta el día de hoy me haya llegado algún aviso de visita o carta documento.
Inicio acción ejecutiva de cobro de honorarios y me la rechazan por no ser el pacto de cuota litis y honorarios un título ejecutivo por no constar suma líquida ni exigible y por no haberse acreditado sumariamente el cumplimiento de la obligación a mi cargo.
Preguntas:
1) la demandada tiene domicilio en otra provincia, es competencia federal?? :?:
2) alguien tiene un modelito de cd para intimarla al cumplimiento de la obligación a su cargo, o sea, PAGARME?? :evil: va con el 1204??
3) si la documental que acredita la realización de gestiones a mi cargo no acredita el cumplimiento de mi obligación profesional...como lo pruebo?
4) me conviene pedir regulación judicial de honorarios extrajudiciales?
Agradezco todas las respuestas posibles
P.D.: Soy de Tucumán, por lo que se aplica la ley 5480 de honorarios profesionales
Gracias!!
 #843353  por sebadoc
 
hola. si tenes ese poder y no se encuentra revocado formalmente , podes seguir haciendo uso de el poder dado que no se te comunico de manera fehaciente su revocacion o podes y sin perjucio de lootro iniciar tramite regulatorio de honorarios por las tareas extrajudiciales y asi si vas a poder una vez regulados tus honorarios ejecutarlos .- ah todo en la jurisdiccion donde te fue conferido el poder para realizar las gestiones y notificandola en el domicilio que fijo en el poder.-