GU escribió:Los montos no se ponen, bajo ningun punto de vista.
Respecto a los rubros es discutible, para mi no es necesario. Intimas al pago de los rubros correspondientes, y es indistinto si los detallas o no, ya que de todas formas opera la irrenunciabilidad de los derechos, y lo que corresponde, intimes o no, sigue correspondiendo. Es decir, por mas que vos omitas decir que te tienen que pagar el SAC y las vacaciones proporcionales, la omision no produce la perdida del derecho a cobrarlos.
Despues cualquier rubro que sea controvertido, estara sujeto a la prueba a producirse, no a la intimacion cursada.
Salutes!
Coincido, coloca más o menos así:
Intimo a Ud. plazo de cuatro (4) días hábiles de recibida la presente abone indemnización por antigüedad (art. 245 LCT) con su SAC proporcional; indemnización sustitutiva de preaviso y su SAC proporcional; indemnización integración de mes de despido y su SAC proporcional; indemnización por SAC proporcional; indemnización por vacaciones proporcionales y su SAC proporcional; diferencias salariales desde el inicio de la relación laboral, horas extras trabajadas y no abonadas; premio por presentismo, indemnización ley 24013 art. 8 y Art. 15. Asimismo dejo constancia que la presente sirve de intimación fehaciente en los términos del art. 2 Ley 25.323, debiendo abonar en caso de incumplimiento el incremento de las indemnizaciones allí previsto.
Vencido el plazo por el cual lo intimo se me abonen las indemnizaciones y rubros reclamados accionaré judicialmente.
Queda Ud. debidamente notificado.
Ganaremos nosotros, los más sencillos. Ganaremos