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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #843536  por lazam
 
Buenas tardes, tengo la siguiente duda- Sr. inicia su jubilacion y fallece sin estar acordada. Tenia pensado pedir la pension directa para su mujer y no tocar el sicam, ya que tiene todo por moratoria. Cuando veo el plan me doy cuenta que le hicieron mal la liquidacion, por ende tengo que volver a calcular, dandolo de baja. PERO el Sr. NO tenia inscripcion en Afip- Tendre algun problema para iniciarla de 0.
Gracias
 #843582  por MARIO1943
 
lazam escribió:Buenas tardes, tengo la siguiente duda- Sr. inicia su jubilacion y fallece sin estar acordada. Tenia pensado pedir la pension directa para su mujer y no tocar el sicam, ya que tiene todo por moratoria. Cuando veo el plan me doy cuenta que le hicieron mal la liquidacion, por ende tengo que volver a calcular, dandolo de baja. PERO el Sr. NO tenia inscripcion en Afip- Tendre algun problema para iniciarla de 0.
Gracias
LA PODES INICIAR, BAJO INSISTENCIA Y DESPUES RECURRIR A LA CARSS
TENES QUE TENER EN CUENTA QUE SI LA MUJER ES JUBILADA, LA TIENE QUE PAGAR D E CONTADO LA PENSION DIRECTA
 #843685  por lazam
 
Gracias por contestar. No tengo que pagar de contado, ya que entra en la 884, si no me equivosco. Ahora con el tema de la inscrpcion tendia que haber algo, ya que el plan fue enviado en vida del causante!
Alguien que pueda aportarme algo?
Gracias
 #843692  por miguel19790
 
NO TIENE NI DEBE HABER NINGUN PROBLEMA ,entra dentro de las excepciones que establece la Circular GP N° 34/08 a la Resolución 884/06.NO debes pagar la moratoria de contado, la udai te la tiene que acordar, en cuotas. El punto 8 de la circular es muy, pero muy claro al respecto, tambien hay un dictamen al repecto.
Si sta mal el sicam dalo de baja y arma otro y presentalo nombrando esta normativa.
Incluso este caso encuadraria en la circular 36/09 inc. J pues al armar el sicam y enviar antes de que falleciera, esta solicitando su propia jubilacion , y que mayor caso fortuito o de fuerza mayor que la muerte puede haber. Fijate que en el sicam dice en una parte: prestacion solicitada: jubilacion. No dejes que le nieguen el derecho claro que tiene su cliente.
En ningun lado se habla de procedimiento para hacer valer ese derecho, que es muy claro en tu caso.-
 #843693  por miguel19790
 
con lo de procedimiento me refiero a que podes bajar el sicam y armar otro, incluso asi debe ser pues el otro plan es una jubilacion y esta una pension, en ningun lado esta normado que debes presentar el mismo sicam, bajalo y arma otro y que en tu udai no se hagan los B.............., aunque a veces no sabes si son se hacen
 #843712  por lazam
 
Gracias Miguel, es el sentido comun, voy a leer bien las circulares. En Anses muchas veces no solo se hacen, sino que otras tantas no saben donde estan parados.
 #843972  por arahi
 
el calculo del sicam y el solo envio del plan a AFIP se considera un afiliación formal, y como te dijeron los compañeros encuadra en una de las excepciones de la 884/06," la muerte es un caso fortuito" saludos.
 #843979  por lgaray
 
De cualquier modo, lleva al turno de la pensión, como minimo, el 159 del Sicam que dés de baja, con una nota que diga que esa es su "afiliaciòn formal como trabajador autónomo".
lazam escribió:Gracias Miguel, es el sentido comun, voy a leer bien las circulares. En Anses muchas veces no solo se hacen, sino que otras tantas no saben donde estan parados.
 #843984  por lgaray
 
lazam escribió:Gracias Miguel, es el sentido comun, voy a leer bien las circulares. En Anses muchas veces no solo se hacen, sino que otras tantas no saben donde estan parados.
mmm, pero nadie es profeta en su tierra, a veces, muchos de nosotros tampoco sabemos donde estamos parados. Y me incluyo.
*flor*
 #845026  por lazam
 
Gracias a todos por las respuesta. Ahora pregunto de que resolucion surge que el envio del sicam se considera una afiliacion formal?
Gracias