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  • PREPARA VIA PARA DESALOJO?

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 #843892  por tomasarce
 
Hola a todos. Tengo el siguiente tema: Tengo un local q es de X y fallecio. No se realizo la sucesion, pero su hermana Z , heredera, lo alquilo. Ella tambien fallece, el inquilino se queda y los hijos de Z quieren iniciar el desalojo.
Pregunta: Lo puedo iniciar sin la declaratoria? Tengo el contrato de locacion firmado por la madre ( z) ) fallecida y por el inquilino que no se quiere ir. Ya lo intime por CD y desconoce legitimacion.-
Gracias, saludos y escucho consejos para seguir este tema..
 #843991  por legalescom
 
Tendrás que iniciar la sucesión de X y de Z y, con la declaratoria de herederos, de esta última, promover el desalojo. No te queda otra.
 #844225  por tomasarce
 
chan!!! eraa lo que queria evitar, la que alquilaba era ma mama de estos chicos, pero cuando fallecio, el inquinilo no se fue, no pago mas y le mande CD en representacion de los herederos ( los hijos del locador ) y me rechazo legitimacion........
 #844491  por Hlws
 
tomasarce escribió:chan!!! eraa lo que queria evitar, la que alquilaba era ma mama de estos chicos, pero cuando fallecio, el inquinilo no se fue, no pago mas y le mande CD en representacion de los herederos ( los hijos del locador ) y me rechazo legitimacion........
Y si, como van a querer desalojar al inquilino de un inmueble que no esta a nombre de ellos. Porque te apuraste mandando CD? Encima los avivaste y probablemente asi como contestaron la CD tambien deben estar averiguando alguna maniobra para continuar en el inmueble...
 #844501  por cdiriarte
 
En el inmueble no podrían continuar porque aunque no haya declaratoria de herederos, los hijos de Z son efectivamente sus sucesores universales y por lo tanto pueden realizar todos los actos que la causante podía llevara adelante y, teniendo en cuenta que el desalojo es procedente cuando quien reclama tiene derecho a la recuperación de bienes inmuebles urbanos y rurales contra todo aquel cuya obligación de restituir fuera exigible, entonces los hijos de Z tienen derecho a iniciar el desalojo.
 #844512  por cdiriarte
 
tomasarce escribió:MuchIsimas gracias!!!! Voy a empezar el prepara via entonces.
Y, porque vas a iniciar la preparación de la vía ejecutiva (ahí va un signo de interrogación pero no funciona). La preparación de la vía ejecutiva sirve para darles ejecutividad a aquellos instrumentos que no tienen por sí mismos posibilidad de iniciar acción ejecutiva. El desalojo tramita, según los códigos de procedimientos, por proceso sumario o sumarísimo.
 #844524  por Hlws
 
Que lo inicie, en el primer proveído el juez dirá "previo a.........iniciar el correspondiente sucesorio de los causantes".
 #844646  por tomasarce
 
queria iniciar el preparavia para ejecutar el contrato de alquiler ( los pagos atrasados, para que reconozca en caracter de que esta ahora en el lugar y de ahi ejecutar el desalojo) pero sin iniciar la sucesion...