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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #78038  por liabaires
 
Consulto lo siguiente: accidente laboral de empleado pcia bs as. Tramite por art con reconocimiento de art de 13% incapacidad en mano derecha. Las comisiones medicas dan 0 incapacidad. Salio sentencia de camara de la seguridad social donde los forenses acatan lo dictaminado por Cmedicas. Incapacidad en la mano hay. Puedo accionar por la via del derecho laboral por accidente , o se termina ahi el tema? gracias.-
 #78668  por jimena
 
si estas seguro que tiene algo, anda por via judicial. Inicia el seclo.

besos.

 #78761  por liabaires
 
hola, en realidad los informes de especialistas que adjunto el trabajador en la etapa administrativa ante comisiones medicas eran concluyentes en cuanto a que existia en la mano grado de discapaciadad y limitacion funcional de la misma. Las comisiones medicas no coincidieron. Pero la art al inicio del expte administrativo habia reconocido 13% de incapacidad.
Esa era mi duda, si se podia insistir por la via comun con dicatam,en desfavorable de la CAmara de la Seg Social. De accionar seria contra la pcia de bs as porque es empleado de la fiscalia de estado. Gracias

 #78780  por jimena
 
liabaires escribió:hola, en realidad los informes de especialistas que adjunto el trabajador en la etapa administrativa ante comisiones medicas eran concluyentes en cuanto a que existia en la mano grado de discapaciadad y limitacion funcional de la misma. Las comisiones medicas no coincidieron. Pero la art al inicio del expte administrativo habia reconocido 13% de incapacidad.
Esa era mi duda, si se podia insistir por la via comun con dicatam,en desfavorable de la CAmara de la Seg Social. De accionar seria contra la pcia de bs as porque es empleado de la fiscalia de estado. Gracias
si podes seguir hasta la camara por el dictamen.

 #155048  por liabaires
 
vuelvo a consultar sobre este tema...... el accidente fue en el año 2005, se siguio todo el procedimiento de art, se llego a la camara federal de la seguridad social apelando los dictamenes de las comisiones medicas.... la camara se expidio el año pasado, .... si inicio por la via comun, puedo tomar como reconocimiento del empleador la denuncia que se hizo del acccidente ante la art? otra duda son los plazos para accionar, deberia contarse que el plazo aun no caduco ya que el trabajador reclamo e insto el procedimiento hasta ahora.... gracias.-

 #155526  por MORGAN
 
No se si entendí bién pero según decís hubo sentencia de la Cámara de Seguridad Social desfavorable. Si es así punto. Se terminó ahí que juicio querés iniciar te van a oponer la cosa juzgada y tenés que pagar costas.

 #155631  por liabaires
 
gracias morgan por sacarme la duda, yo pensaba que todo el procedimiento ante comisiones medicas apelando los dictamenes culminaba con la decision de la Camara federal de la seguridad social, pero que aun estaba dentro del tramite administrativo de la art. Tenia la idea equivocada que cuando se terminara ese procedimiento era posible encarar demanda , mas cuando en el inicio del expediente se habia reconocido la incapacidad por parte de la art, que luego las comisiones medicas desestimaron.
Conclusion: la ley de riesgos de trabajo es un engendro.
Gracias!!!