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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #847888  por lkgomez
 
Buenas tardes foristas!
Tengo una Sra. que tiene una hija de su primer pareja. En la actualidad, la menor tiene 16 años. Su padre biológico hace casi 7 años que no se contacta con la niña y de más está decir que jamás le pasó alimentos (su madre nunca se los reclamó).
Desde hace 8 años, la madre de la menor está en pareja y han contraído matrimonio en noviembre de 2011.
El cónyuge de la madre trata a la niña como una hija más. Es él quien le paga el colegio, la alimenta y la ha anotado en su obra social.
El cónyuge de la madre quiere adoptarla y la niña también lo desea. Es factible?
Gracias, como siempre!
 #847976  por kantaclaro
 
Si. Sds
 #848500  por lkgomez
 
kantaclaro escribió:Si. Sds
Muchas gracias kantaclaro por tu respuesta.
Me dedico más al tema previsional y laboral, pero como se trata de una conocida, quiero darle una mano.
Qué documentación debería tener para iniciar la adopción? Y cómo proceder con respecto al padre biológico?
Gracias por la ayuda que me puedas brindar!
 #848714  por kantaclaro
 
La demanda se dirige contra el reconociente. Te paso un modelo. Sds

SUMARIO
PARTE ACTORA: ...
MATERIA: ADOPCIÓN
DOCUMENTACIÓN: LIBRETA DE MATRIMONIO. CERTIFICADO DE NACIMIEN-TO. RECIBO DE SUELDO. CERTIFICADOS DE DOMINIO. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES. COMPROBANTE PAGO ANTICIPO JUS PREVI-SIONAL. BONO LEY 8480

Excmo. Tribunal:
............, por derecho propio, con domicilio real en .......... y constituyendo el procesal conjuntamente con su letrado patrocinante el Dr. ....., en ......; a V. S. se presenta y dice:
I.- OBJETO:
Que viene a solicitar la adopción simple del menor ............ (DNI .....), hijo extramatrimonial de su cónyuge.
II.- HECHOS:
El día ........... el actor contrajo matrimonio con ................
Con anterioridad a ello, su cónyuge concibió y dio a luz el ........... a ..........., de una unión de hecho que mantuvo con el Sr. .........; quien se desentendió del niño abandonándolo moral y materialmente cuando éste contaba con apenas siete meses de edad, no volviendo a contactarse jamás y de cuyo paradero no se tienen noticias desde entonces.
Desde la celebración del matrimonio entre el actor y la madre de ...... -quien por entonces contaba con 3 años- vivió en el seno del hogar conyugal formado por aquellos; prestándole el actor desde entonces las atenciones, cuidados y afectos tanto morales como materiales propios de un padre.
Es así que .......... vivió en todo momento en el hogar conyugal; costeando el actor la totalidad de sus estudios, atendiendo a las necesidades de salud, alimentación, indumentaria y esparcimiento, incorporándolo a su obra social, compartiendo los logros materiales y, fundamentalmente, amándolo como un hijo propio.
Con el transcurso del tiempo la familia se incrementó con la llegada de ................, quienes tuvieron y tienen con ........... una excelente relación propia de hermanos.
Actualmente todo el grupo familiar habita en el inmueble propiedad del matrimonio, ubicado en .....; constituyendo la integración legal de .......... al mismo una situación que beneficia el interés superior del niño.
A la fecha, quien suscribe, cuenta con 44 años de edad y declara bajo juramento su residencia permananete en el país desde su nacimiento; con lo cual se cumplen los requisitos que establecen los arts. 312, 2do. párrafo y 315 del C. Civ.
III.- COMPETENCIA:
V. S. es competente para entender en esta acción en mérito a que el domicilio conyugal se encuentra dentro de la jurisdicción departamental, así como el del menor coincidente con el de su representante legal que, para el caso, es la madre.
IV.- IDONEIDAD - PRUEBA:
A efecto de acreditar la idoneidad del actor que avala la petición pretendida, ofrece los siguientes medios de prueba; solicitando se ordene su opor-tuna producción:
A) DOCUMENTAL:
i) Libreta de matrimonio.
ii) Certificado de nacimiento.
iii) Recibo de sueldo.
iv) Certificado de dominio del inmueble ubicado en ..... -sede del hogar conyugal-, extendido por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Prov. de Bs. As.
v) Certificado de antecedentes penales.
B) TESTIMONIAL:
Se designe primera audiencia a efecto de recibir la declaración testimonial de las siguientes personas:

En dicha audiencia, serán interrogados a tenor del siguiente cues-tionario:
1) Por las generales de la ley.
Si sabe y como le consta:
2) Que el menor fue abandonado por su padre, no teniendo contacto con él desde hace más de 15 años. En su caso, si se conoce su paradero.
3) Si ............ constituye un hogar bien formado y honesto, conviviendo con el menor ..... En su caso, en que lugar y desde que fecha.
4) Como es el trato, atención y cuidado que le brinda al menor.
5) Como es la relación y trato de .............. hacia ...........
6) Cual es el concepto moral que le merece el adoptante y cual es su situación económica.
7) Cuanto tiempo lleva el adoptante residiendo en forma permanente en el país.
8) De público y notorio.
C) PERICIAL:
Se dé intervención al Equipo Técnico del Tribunal a efecto que, por medio de una Asistente Social, efectúe una visita al domicilio de la calle Sar-miento 1782 de San Fernando y realice un examen ambiental y personal e informe sobre las condiciones físicas, psíquicas, afectivas, etc. del menor; así como de cual-quier otra cuestión que pueda resultar de interés para la causa.
IV.- PETICIÓN CONFORME ART. 321 in c):
Atento que Juan Pablo cuenta a la fecha con 20 años de edad y también anhela de su parte ver plasmado en lo legal el profundo amor entre hijo y padre que recíprocamente se profesan con el actor; es que ha manifestado en ese sentido, y así se pide, que se lo cite para ser oído personalmente.
V.- NOMBRE DEL MENOR:
De acuerdo con la edad del menor solicita se mantengan sus nombres de pila, suprimiéndose el apellido ........... y ordenándose su inscripción como .......... (cf. art. 332 del C. Civ.).
En dicho sentido, se cita la siguiente jurisprudencia: “Si el derecho de las personas al nombre patronímico se origina en el hecho de la filiación, toda declara-ción judicial que la establezca debe operar, necesariamente un cambio de nombre. Cambio que adviene por vía de consecuencia y que opera "ministerio legis" (art. 332 del Código Civil). Tal cambio en nada agrede el derecho a la identidad entendido como el derecho a conocer su propia historia, porque atañe más que nada a la identificación y en tal sentido al orden público social, y al derecho personalísimo del individuo, sin que sea viable conceder al padre biológico facultades de oposición, impuestas en ejercicio de la patria potestad ya extinguida por la mayoría de edad”. (L. A. J. s/Adopción simple. MAG. VOTANTES: Rivero de Knezovich-Civilotti. Trib. de origen: JC 0101. Fuente JUBA).
“Si el instituto de la adopción procura imitar la naturaleza, parece obvio entonces que se haya impuesto el apellido como una forma real de vincular estrechamente al hogar constituido a quien se integrara en él con la serie de derechos y obligaciones a que se refiere el respectivo complejo normativo. La adición de un nombre de pila puede ser otro elemento más de naturaleza vinculativa y por ende, lejos de apartarse del fin querido por el legislador, se aproxima al mismo hasta confundirse con él”. (T.J. s/Adopción. Pub. JA 2001, MAG. VOTANTES: Zampini-Oteriño-Dalmasso. Fuente JUBA).
“En las sextas jornadas de Derecho de Familia, Menores y Sucesiones de Morón, se resolvió acordar la dación del nombre basados en el interés del niño o adoles-cente conforme art. 3 de la Convención sobre los derechos del niño y en la existencia de "justos motivos" (art. 15 de la ley 18.248; art. 19 de la "Convención Americana sobre Dere-cho Humanos de San José de Costa Rica"; art. 9 inc. 1 de la "Convención sobre los Dere-chos del Niño" y art. 75 inc. 22 de la Const.Nac.)”. (T.J. s/Adopción. PUBLICACIONES: JA 2001 I, 31. MAG. VOTANTES: Zampini-Oteriño-Dalmasso. Fuente JUBA).
VI.- CARÁCTER DE LA ADOPCIÓN:
De conformidad con lo establecido en el art. 329 del C. Civ., solici-ta la adopción simple para que el menor mantenga su vínculo con la madre de san-gre, hoy su esposa, quien en otro sí digo presta su conformidad con la pretensión manifestada.
De acuerdo con lo expresado en el segundo párrafo del punto II “ut su-pra” y como consecuencia de la inacción y el desentendimiento puesto de manifiesto por parte del padre biológico al no asumir los derechos y obligaciones a su cargo, así como el abandono moral y material que del menor efectuara desde hace más de 15 años, sin contacto ni ayuda alguna desde entonces; ello debe interpretarse como una renuncia de su parte al ejercicio de la patria potestad (conf. segundo párrafo del art. 317, inc a).
Ello, sumado a que resulta desconocido su paradero, es que se pide prescindir en solicitar su consentimiento para el otorgamiento de la adopción que aquí se gestiona así como, por las circunstancias del caso, no corresponde acreditar la guarda del menor.
Al respecto la jurisprudencia ha manifestado: “El art. 313 de la ley 24779 expresa que la adopción del hijo del cónyuge siempre será de carácter simple, de-biendo prestar el adoptado su consentimiento si es mayor de edad (art. 311 ley cit.) prescin-diéndose totalmente del recaudo de la guarda judicial previa (art. 316, última parte y 322, 2do. párrafo) y con ello el consentimiento de los progenitores para su otorgamiento con fines de adopción, como paso previo (art. 317, inc. a)”. (L. A. J. s/Adopción simple. MAG. VO-TANTES: Rivero de Knezovich-Civilotti. Trib. de origen: JC 0101. Fuente JUBA).
VII.- DERECHO:
Lo funda en la Convención Internacional de los Derechos del Niño incorpo-rada a nuestra Constitución Nacional, los arts. 311, 329 y ccdtes del Código Civil, 827 inc. h) del Código Procesal y jurisprudencia aplicable al caso de autos.
VIII.- AUTORIZA:
A los Dres. .......... para, indistintamente, examinar el expediente, dejar notas, practicar desgloses, diligenciar cédulas, retirar originales y/o copias, edictos, oficios, testimo-nios y, en general, cualquier otra cuestión necesaria para compulsar el expediente respecto de la cual fuere suficiente la autorización.
IX.- PETITORIO:
Por lo expuesto, a V. S. solicita:
1.- Se lo tenga por presentado, parte y constituido el domicilio pro-cesal indicado.
2.- Se agregue la prueba documental y se tenga por ofrecida la restante, ordenándose su producción; previa vista pupilar.
3.- Oportunamente, se le otorgue la adopción del menor ............ con la modificación de su apellido, que en adelante será el del adop-tante.
4.- Firme la sentencia, se ordene librar oficio a la Dirección Pro-vincial del Registro de las Personas de la Prov. de Bs. As. a los fines de la inscrip-ción correspondiente, que,
SERÁ JUSTICIA
 #849102  por lkgomez
 
Muchas gracias kantaclaro! Realmente me estás dando una mano grande!
 #1020920  por citrus
 
pregunto..identica situacion pero estan en concubinato..puede adoptar?