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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #848180  por natusky
 
Buen dia !! no tengo experiencia con este tipo de jubilacion. retirado de pòlicia que quiere hacer jubil. por anses con moratoria en periodos simultaneos mi duda es debe pagar al contado?? y que otra documentacion debo presentar aparte de la habitual? entiendo que un certificado de policia federal que cite que aportes fueron usados para otorgarle el retiro, estoy en lo cierto? y por ultimo la circular 67/11 se aplicaria a ete caso.. es decir debe presentar la aprobacion para realizar act. civiles en forma simultanea ?? desde ya agradesco sus respuestas !!!
 #848339  por martita
 
Natusky:
1° Sí, debe pagar la moratoria al contado
2° Presentar una nota de la Fuerza que diga:
a) que no se utilizaron años civiles para su retiro
b)que fue autorizado a realizar trabajos civiles mientras estaba en servicio en la Fuerza
c) indicar el haber máximo que percibe el grado más alto de la fuerza a la que pertenece.

Te aclaro que en Marina (es lo que conozco yo) les dan la nota diciendo que fueron autorizados verbalmente a realizar trabajos civiles hasta el año 1987. A partir del 87 la autorización debe figurar en el legajo (esto complica las cosas cuando la persona es cercana a los 65 y no tiene aportes posteriores a 9/93
Cuando averigues como es en la Policía, publicalo en el foro para que nos enteremos
 #848436  por natusky
 
Gracias !! esta semana le digo lo que necesito.. no se donde se lo daran dentro de policia.. y les cuento como nos fue.. el tema es que yo le dije mil veces que debe pagar al contado y el insiste en que en la revista de policia hay publicidad anunciando la moratoria en cuotas para los retirados.. como sera que logran eso ??
 #1027489  por AUKA
 
Hola foristas, tengo este caso: retirado del ejército con autorización expresa para realizar tareas civiles, que utilizó dos años de aportes autónomos para el retiro.
Ahora: además de los aportes autónomos, tiene aportes en relación de dependencia en el mismo período, supongo que por ser simultáneos a los autónomos tomadas para el retiro no los puedo usar, o sí? por qué?

Y supongo que cuando liquido el SICAM pongo los usados en el retiro, verdad?
Gracias!