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  • Renuncia viciada!!!!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #849641  por diegosur
 
Estimados colegas les quería consultar como puedo resolver la situación de mi cliente, a quien obligan a renunciar a su empleo (estando en blanco), donde es acompañado al correo por su empleador, quien le dicta el texto del tcl, obligandolo a que lo redacte de puño y letra.
Leí en el foro que existen posibilidades de revocar dicho tcl dentro de las 24hs...esto es así?
Ademas a mi cliente lo acusa el empleador de un robo que no cometió...y con la excusa de no denunciarlo penalmente es que lo obligo a renunciar.

Espero sus comentarios al respecto...saludos y gracias!!!
 #849653  por ebarreyro
 
Tiene que retractarse de la renuncia ANTES DE QUE LA MISMA LLEGUE AL EMPLEADOR.
Lo mejor es presentarse con notario, y manifestarlo mediante acta.
Si no, que envíe TCL retractándose antes de que llegue a conocimiento del empleador, que es MUY RÁPIDO.
 #849702  por flux
 
La renuncia una vez que llego al empleador, no es retractable, si el empleador la recibe despues queda en su buena voluntad aceptar la retractacion.

Hace lo del escribano, porque otro TCL no va a llegar antes que el que ya mandaste primero.

Si queres ir por el camino del vicio del acto juridico, vas a tener que probar la existencia del vicio como tal (error, dolo o violencia). Si el trabajador es una persona con plena capacidad civil, entonces que lo hayan acompañado si no fue a punta de arma no es un vicio de la voluntad, y si no le agarraron la mano para forzarlo a escribir, tampoco es un vicio de la voluntad.
 #850163  por DrCiclón
 
flux escribió:La renuncia una vez que llego al empleador, no es retractable, si el empleador la recibe despues queda en su buena voluntad aceptar la retractacion.

Hace lo del escribano, porque otro TCL no va a llegar antes que el que ya mandaste primero.

Si queres ir por el camino del vicio del acto juridico, vas a tener que probar la existencia del vicio como tal (error, dolo o violencia). Si el trabajador es una persona con plena capacidad civil, entonces que lo hayan acompañado si no fue a punta de arma no es un vicio de la voluntad, y si no le agarraron la mano para forzarlo a escribir, tampoco es un vicio de la voluntad.


No coincido del todo estimado flux, la necesidad, la inexperiencia, y hasta como en este caso la amenaza, pueden ser vicios en la voluntad, en los términos del art. 954 CC (lesiòn subjetiva).

Yo mandaría un TCL impugnando la renuncia por nula, denunciando bien la maniobra y denunciando que lo obligaron a renunciar a los efectos de percibir su indemnización (no sería la primera vez que pasa), y bajo amenaza de una imputación penal, e intimando a que aclare situación laboral.
Abrazo.
 #850173  por pepecurdele
 
DrCiclón escribió:
flux escribió:

No coincido del todo estimado flux, la necesidad, la inexperiencia, y hasta como en este caso la amenaza, pueden ser vicios en la voluntad, en los términos del art. 954 CC (lesiòn subjetiva).

Yo mandaría un TCL impugnando la renuncia por nula, denunciando bien la maniobra y denunciando que lo obligaron a renunciar a los efectos de percibir su indemnización (no sería la primera vez que pasa), y bajo amenaza de una imputación penal, e intimando a que aclare situación laboral.
Abrazo.
Lo veo dificil, sino imposible si no tenes una excelente prueba que acredite los vicios de la voluntad.
 #850364  por gusgus
 
hoy en dia vivimos todos ante un mundo donde se hace realidad el "gran hermano"....

seguramente, en la sede del correo habrá camaras de filmacion, donde se pueda ver al empleador junto al empleado redactando el TCL...

si bien no sera prueba determinante,junto con la retractacion aunque sea te abrira, quizas, una puerta a negociar....

buscaria por ahi el tema
 #850417  por sanjuanino
 
pepecurdele escribió:
DrCiclón escribió:
flux escribió:

No coincido del todo estimado flux, la necesidad, la inexperiencia, y hasta como en este caso la amenaza, pueden ser vicios en la voluntad, en los términos del art. 954 CC (lesiòn subjetiva).

Yo mandaría un TCL impugnando la renuncia por nula, denunciando bien la maniobra y denunciando que lo obligaron a renunciar a los efectos de percibir su indemnización (no sería la primera vez que pasa), y bajo amenaza de una imputación penal, e intimando a que aclare situación laboral.
Abrazo.
Lo veo dificil, sino imposible si no tenes una excelente prueba que acredite los vicios de la voluntad.
Yo lo veo igual que pepe
 #850421  por pepecurdele
 
gusgus escribió:hoy en dia vivimos todos ante un mundo donde se hace realidad el "gran hermano"....

seguramente, en la sede del correo habrá camaras de filmacion, donde se pueda ver al empleador junto al empleado redactando el TCL...

si bien no sera prueba determinante,junto con la retractacion aunque sea te abrira, quizas, una puerta a negociar....

buscaria por ahi el tema
dudo que en el correo guarden las filmaciones (si es que las hay) por mas de 15 dias, asi que apurate para pedir una prueba anticipada.
 #850558  por eltam88
 
Es muy dificil, podes arriesgar.
 #850597  por martin1987
 
mmm veo dificil el tema de las camaras, si es un empleador con algo de experiencia no entraria al correo con el empleado, solo lo esperaria afuera...
 #850600  por flux
 
pepecurdele escribió:Lo veo dificil, sino imposible si no tenes una excelente prueba que acredite los vicios de la voluntad.
Esa es la cuestion.

Como haber camaras, seguro, pero que pueden probar, solamente se ven dos personas una al lado de la otra, no se ve por ningun lado que una este agarrandole la mano a la otra. Tambien habria que ver que se entiende por amenaza suficiente a los fines de un vicio de la voluntad, un par de gritos o insultos no alcanzan.

Y la lesion subjetiva como instituto para defender que la renuncia fue relativa al hecho de que le habian prometido la indemnizacion se encuentra del otro lado contra el principio de que "nadie puede alegar su propia torpeza". El derecho del trabajo es protectorio, pero no por eso es derecho de menores e incapaces.

Como para abrir una via de neogiacion se podria, pero habra que ver si la otra parte quiere negociar con terminos como estos.
 #851370  por DrCiclón
 
hay mucha jurisprudencia en el sentido que les digo, Milagros Ferreiros ha escrito mucho al respecto, acá les dejo un comentario a un fallo, busquen que hay.


fuente

http://relaciones-laborales-argentina.b ... uncia.html


Con amenazas de por medio no puede haber renuncia en el trabajo

La Justicia declaró “nula” la renuncia de una mujer que había denunciado amenazas de su empleadora. La Cámara Laboral afirmó que “la declaración de nulidad de la renuncia priva al acto de sus consecuencias propias” y que “las cosas vuelven al estado anterior al acto invalidado”.
La Sala VIII de la Cámara del Trabajo declaró la nulidad de la renuncia de una trabajadora que fue enviada bajo amenaza de la empleadora de denunciarla penalmente por la desaparición de documentación.
El Tribunal Laboral, integrado por los magistrados Luis Catardo, Estela Milagros Ferreirós y Gabriela Vázquez, manifestó respecto de la trabajadora que “la presión sufrida, emocionalmente acentuada por su estado de gravidez, significó una violencia moral sobre su persona, que motivó que obrara de la manera en que lo hizo”, es decir presentando la renuncia.
En el caso, una mujer embarazada que prestaba servicios para una sociedad de hecho, fue amenazada -junto con otros empleados de la entidad- de ser denunciada penalmente por la desaparición de documentación, si no presentaba la renuncia en forma inmediata. Planteadas así las cosas, la trabajadora renunció. De la misma manera accionaron los demás compañeros de trabajo que fueron intimidados.
Luego, la renunciante accionó ante la Justicia Laboral con el objeto de ser indemnizada por “despido” y puso en conocimiento del órgano judicial la existencia de la amenaza sufrida. En primera instancia el reclamo resarcitorio de la trabajadora no fue totalmente admitido y la renuncia se consideró válida. Sin embargo, sí se le reconocieron ciertas sumas dinerarias derivadas de conceptos adeudados.
El fallo de grado fue apelado por ambas partes. La ex empleadora cuestionó el dinero reconocido a la trabajadora. Entre tanto, la actora impugnó la decisión del juez a quo en tanto éste consideró válida la renuncia.
Primero, la Cámara del Trabajo expresó que estaba acreditado en la causa que “la empleadora comunicó a la actora y a otros empleados que, si no enviaban el telegrama de renuncia los denunciarían penalmente por la sustracción ilegal de sus pertenencias en su estudio de auditoría”.
Luego, el Tribunal de Apelaciones afirmó que “la declaración de nulidad de la renuncia priva al acto de sus consecuencias propias, es decir, las cosas vuelven al estado anterior al acto invalidado, esto es, al acto de la renuncia, por lo que renace la eficacia del despido verbal invocado”.
Dicho esto, la Cámara se manifestó a favor de considerar inválida la renuncia presentada por la actora en atención a las circunstancias acreditadas en el caso. Acto seguido, abordó otras cuestiones vinculadas a la indemnización y al carácter de la relación laboral de la demandante con los demandados.
En particular, el Tribunal Laboral se expresó respecto de la indemnización que prevé el artículo 178 de la Ley de Contrato de Trabajo, -despido de una trabajadora embarazada- y declaró su improcedencia porque “se probó que el despido no obedeció a razones de maternidad o embarazo, sino a los incidentes remitidos, que condujeron también a la extinción de los contratos de sus ex compañeros”.
Finalmente, la Cámara del Trabajo decidió confirmar en forma parcial ciertos aspectos del fallo de primera instancia y modificarlo particularmente respecto de la validez de la renuncia.
Fallo provisto por Microjuris.com en virtud del convenio suscripto con Diario Judicial.
Dju
"Ucin, Eliana Betina c/Timistit y Asociados. Sociedad de Hecho, y otro".-
 #851469  por flux
 
Mientras puedas probar los hechos que rodearon a la denuncia y que el juez valore que se da el caso de la intimidacion suficiente, es una cosa (y siempre que te toque una sala que este de acuerdo con ese tema), el problema es que no es facil probarlo; quien pide la nulidad, tiene que aportar la prueba y no hay presunciones a su favor. Los actos juridicos se presumen validos.

El caso de Ferreiros y Fernandez Brunengo es muy de la sala VII donde ellos. Ellos son tan ultra pro empleados que llegan al punto de decir que la amenaza de denuncia penal es una amenaza, pero como? si el empleado nada ha hecho..., porque ha de tener miedo a la denuncia penal? eso seria como que un deudor se sienta amenazado porque su acreedor le dice que le va a hacer un juicio para cobrarle su credito.

Y en provincia, ahi la renuncia es renuncia, y la jurisprudencia te remite directo a la teoria de las nulidades de los actos juridicos del fuero civil y con el mismo criterio de valoracion que en fuero civil.
 #896474  por dieabra
 
Alguno tiene algo mas de jurisprudencia en relacion a este tema que me pueda ayudar?
 #1132669  por MJG
 
Hola Colegas, retomo el post, por una cuestión similar, la empleadora la acompaña al correo a renunciar, la trabajadora no lleva consigo el DNI en ese momento, del correo le dicen que no puede enviar nada sin DNI, la empleadora se acuerda que tiene una amiga en ese correo, le pregunta si la puede ayudar y esta le dice "si tráeme el tcl firmado que yo te lo saco". La empleadora redacta la renuncia, es decir que esta con puño y letra de la empleadora y la hace firmar el dorso del tcl a la trabajadora, le paga solo los días trabajados y nada mas, cuando tenia una antigüedad de 9 años.
La trabajadora me viene a ver después dos meses aprox. estaba en blanco pero mal registrada en relación al sueldo y la fecha de ingreso.
Tengo pensado mandar telegrama impugnando la renuncia y reclamando por la 24013, ven viable al tema de la renuncia?