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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #850025  por Nolita
 
Hola, se me presenta la siguiente situación:

A fallece sin dejar descendientes (ni testamento) lo heredan los hermanos, B que es uno de esos hermanos (disculpen las redundancias pero es para ser lo más clara posible) había fallecido con anterioridad, por lo que los hijos de B van en su representación, mi duda es si la viuda de B hereda también.

Una Herencia es bien propio? No hereda la viuda en la misma proporción que los hijos?

Espero puedan desaznarme ya que estoy bien mareada con este tema.
Desde ya GRACIAS! *flor*
 #850032  por mcnulty
 
Los que ingresan al sucesorio son solamente los sobrinos del causante ,representando a su padre (B) premuerto . La viuda de B nada hereda .
(Art. 3.560. En la línea colateral, la representación sólo tiene lugar a favor de los hijos y descendientes de los hermanos, bien sean de padre y madre o de un solo lado, para dividir la herencia del ascendiente con los demás coherederos de grado más próximo.)
Que sea bien un propio sería relevante en casos en que concurren cónyuge y descendientes del causante , no es tu caso .
 #850184  por Nolita
 
GRACIAS MCNULTY!!! Yo soy estudiante de Abogacía y me cuesta aplicar lo aprehendido al caso concreto. Gracias! *suerte*