Hola a todos, tengo una duda, hice un levantamiento de embargo de alimentos a fin de que mi cliente pueda escriturar, hice el oficio y lo inscribí en el registro de la Propiedad, pero me salió observado porque me pide un oficio a la Cámara, citando la disposición Nº 3/94 que es la DISPOSICION TECNICO REGISTRAL, y cita el art. 151 último párrafo del REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL EN LO CIVIL impuesto mediante Acordada Nº 922. PREGUNTA? COMO DEBO CONFECCIONAR EL OFICIO ? DIRIGIDO A QUIÉN? al juez de 1º Instancia para que lo eleve?, no tengo modelo, necesito uno, gracias
Dra. Carolina Falcucci
Dra. Carolina Falcucci
Dra. Carolina Falcucci