Hola a todos soy mediador prejudicial del Dpto Jud de Moron, si puedo ayudar en algo me avisan colaboro en lo que puedo. saludos a todos (paciencia es un tema nuevo)
eduruiz escribió:Hola a todos soy mediador prejudicial del Dpto Jud de Moron, si puedo ayudar en algo me avisan colaboro en lo que puedo. saludos a todos (paciencia es un tema nuevo)Hola Doc,tengo que iniciar una liquidacion de sociedad conyugal, este tramite tiene mediacion previa obligatoria o esta exceptuado ?gracias
analiavramirez escribió:]Quizas muchos nos enteremos cuando lo sortees. El tema es que en el listado de materias que publico la SCBA la liquidacion de sociedad conyugal no aparece ni como obligatoria ni como optativa. Tampoco pareceria estar excluida por el art. 4 de la ley. Por eso seria interesante ver que pasa cuando lo presentes.
Hola Doc,tengo que iniciar una liquidacion de sociedad conyugal, este tramite tiene mediacion previa obligatoria o esta exceptuado ?gracias
eduruiz escribió:Hola a todos soy mediador prejudicial del Dpto Jud de Moron, si puedo ayudar en algo me avisan colaboro en lo que puedo. saludos a todos (paciencia es un tema nuevo)Eduruiz los acuerdos obtenidos en mediación prejud. que se presenten a homologar pagaran tasa de justicia? Gracias
eduruiz escribió:Hola a todos soy mediador prejudicial del Dpto Jud de Moron, si puedo ayudar en algo me avisan colaboro en lo que puedo. saludos a todos (paciencia es un tema nuevo)Eduruiz, gracias por la buena predisposición. Te consulto por el tema de la suspensión/interrupción de la prescripción. Entiendo que la presentación en receptoría para el inicio del trámite suspende el plazo de prescripción por un año. Ahora bien, al no estar especificado ni en la ley ni en el decreto reglamentario el momento desde cuando comienza a correr nuevamente dicho plazo, te consulto tu opinión al respecto, ya que he visto opiniones que dicen que el plazo comienza a correr nuevamente desde el cierre de la mediación, en tanto que otros sostienen que el plazo es de un año desde el inicio.