Estimados: Presentè una demanda por alimentos la cual fue notificada al domicilio real del demandado. El notificador, ante la ausencia del mismo y de persona alguna, procede a pegar la demanda en la puerta del domicilio tenièndoselo por notificado. El demandado, si bien reconoce que ese era su domicilio real en el momento de la notificaciòn, declara uno nuevo y promueve incidente de redarguciòn atacando la validez de las formas de la cèdula, falta de informe, etc, contra el notificador. El juzgado me corre traslado. Mi consulta: Es necesario que conteste ese traslado, teniendo en cuenta que el acto que ataca es el ejecutado por el notificador? A mi me interesa que conteste la demanda y evitar estas maniobras. Le pido al juez que vuelva a notificar al nuevo domicilio, quedando el incidente como causa abstracta? Gracias
se debe responder el traslado del incidente de redargucion de falsedad, el cual debe iniciarse tanto contra la contraria como contra el notificador...
datos para contestar:
recordar y/o repasar el tema de hechos autenticos y autenticados, es decir, los que el oficial publico declara realizar o realizados en su presencia y aquellos que declara manifiesta la parte fueron realizados...
para ayudarte mas, necesitaria transcribas el informe del oficial notificador, pues presiento que la via elegida de redargucion resulta erronea, pues en todo caso seria una nulidad de la notificacion que no es lo mismo y allí tendrias la llave para lograr el rechazo del incidente
