Estimados, el caso es así, mi cliente se caso hace un año y medio, están separados de hecho y su conyuge se fue a vivir al extranjero, Quiere separarse, aparentemente sería por mutuo acuerdo, digo aparentemente porque solo hable con uno de ellos.
Tengo tres dudas:
1- Puedo empezar a tramitar la separación personal antes de los dos años? (encontré jurisprudencia que acepta la demanda anticipada pero en caso de divorcio, en función del ppio de celeridad procesal).
2- Si represento a las dos partes, puedo tramitar la separación con un poder especial del cónyuge ausente? Puntualmente que tipo de poder sería?
3- El conyuge ausente tiene que concurrir si o si a la 1º audiencia?
Espero alguna respuesta!! Gracias saludos!!
Tengo tres dudas:
1- Puedo empezar a tramitar la separación personal antes de los dos años? (encontré jurisprudencia que acepta la demanda anticipada pero en caso de divorcio, en función del ppio de celeridad procesal).
2- Si represento a las dos partes, puedo tramitar la separación con un poder especial del cónyuge ausente? Puntualmente que tipo de poder sería?
3- El conyuge ausente tiene que concurrir si o si a la 1º audiencia?
Espero alguna respuesta!! Gracias saludos!!