Hola, quisiera saber cuándo debo cobrar a mi cliente en un incidente de restitución de inmueble en una quiebra, el trámite demoró un año y medio, no por culpa mía, sino porque el inmueble estaba repleto de cosas de la quiebra que no se vendían. Necesito tener aunque sea una idea, ya que la ley no ayuda mucho y no hay protocolo de comercial. Mil gracias al que pueda guiarme.