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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #861168  por marquin
 
Hola
Por favor alguien podria esclarecerme que es lo que conviene mas al cliente?
Se va a iniciar un juicio de divorcio de comun acuerdo en el que no hay division de bienes
Ambos conyuges viven en Lanus ( Pcia Bs As- les corresponderia Tribunales de Lomas de Zamora) pero tambien podrian acreditar domicilio en Capital Fed.
Uno de los conyuges se hara cargo de la totalidad de los gastos de ambas partes por la accion.
Mi pregunta es entonces ( para tratar de evitar mayores perjuicios a quien se hace cargo) donde conviene iniciar la accion ( Cap o Pcia), porque tengo entendido que en Pcia puede presentarse un patrocinio comun para ambos en tanto en Cap deben ser diferentes letrados y ademas desconozco como son comparativamente los costos judiciales entre Cap y Pcia ( Tribunales de Lomas de Zamora.
Desde ya muchas gracias
Marquin
 #861336  por daialove
 
hola en provincia te ppiden dos abogados tambien. podes iniciar el divorcio art 214 inc 2 pero consignando que viven en el mismo domicilio y cuando salga y se quieran vender la propiedad o dividir otros bienes haces la liquidacion de la sociedad conyugal. Yo nunca lo hice pero tengo entendido que se puede.