Estimados colegas: les consulto sobre un acuerdo de honorarios firmado el primero de Abril del 2011, a fin de que los profecionales realicen tareas de redacción de acuerdo de disolución de sociedad Conyugal, adjudicación de bienes y demanda de divorcio por presentación conjunta, por un monto de 4000 dolares, esta clienta quiere ahora reemplazar a los abogados ya que los mismos no les inspiran confianza, pero tenemos dudas en cuanto a que se ejecute dicho convenio, lei que el pacto no puede superar la tercera parte de la suma liquida de lo q resulte del juicio, pero mi duda esta si es de la suma total de los bienes o de la parte que le corresponde a mi cliente, también la ley Ley Nº 21.839 contempla que no se puede celebrar pactos en cuestiones de familia, así que estoy un poco confundida y espero puedan ayudarme ante dicha situación gracias!