Hola Colegas!! los molesto con una consulta práctica, ya que no conozco demasiado el manejo de los tribunales de familia de Pcia, particularmente San Martin. Tengo un caso de alimentos en el que hace unos meses firmamos convenio privado con firma legalizada ante escribano. Ahora este Señor no pasa los alimentos hace como 3 meses y ya no da para más, así que como tiene recibo de sueldo voy a cortar por lo sano y le ejecuto el convenio, mis dudas son: 1) Me dijeron que en Pcia. directamente lleno el formulario de inicio y marco los items "homologacion de convenio" y "alimentos", acompaño documentación y listo, no hace falta demanda, esto es asi?; 2) El convenio tiene la firma certificada ante escribano, lo homologarán directamente? 3) para pedir la retención de haberes por el monto que fijamos en el convenio, no me convendría presentar demanda solicitándolo? o presento solo formulario como me explicaron y espero primero la homolagación y luego pido la retención?. Desde ya muchas gracias!!!