colegas tengo un divorcio en pcia q inicio x 215 pero al jamas ratificar el "demandado" , la actora desp de 6 años esta tratando de divorciarse. En fin, hace rato llegó a mi y pedi convercion por 214. El demandado desapareció, su letrado renuncio hace raaaato.
Despues de mil vueltas y cumplir con todos los pasos procesales, di con el demandado, se presento y pidio nulidad de todo (con muy mal gusto), igual no prosperó y perdiendo estaba cuando el expte..desaparecio!!.
Ya acompañe todo lo que tenia -que no era mucho- para su reconstruccion. Verán q el demandado constituyo domi y denuncio el real, pero ese escrito yo no lo tengo y ahora estoy parada esperando el acompañe sus copias..PERO..el tribunal tenia un domicilio incorrecto por lo q tuve q indicarle q se lo notificó en su momento en "tal" dire y bajo responsabilidad y constituyo "tal" domi.
Allí fue la cedula..entonces..pienso..si no ejerce sus derechos puede presentarse pidiendo nulidad otra vez?..ME CONVENDRIA LO NOTIFIQUEN DE LA RECONSTRUCCION EN EL REAL Y BAJO RESPONSABILIDAD?..porque puede decir q las dires son inventadas..
Mismo tema pero en cuanto a liq soc conyugal y alimentos. Hay solo una casa y mi cliente, la mujer (actora), tiene comprador..él esta interesado y quiere la plata. Pero jamas pasó alimentos por sus hijos..por lo q nada puedo retener de la venta porque el acuerdo q hicieron jamas se homologó y ahora el expte ya no existe en su integridad. No llegamos a iniciar alimentos.Y como no registra nada a su nombre (la casa jamas se escrituro, solo hubo boleto) pienso tb en mis honorarios..y no me lvido de sus hijos menores q son criados integramente por la madre..
Que tips me recomiendan, para q se haga la venta y preveer estos puntos..?
Despues de mil vueltas y cumplir con todos los pasos procesales, di con el demandado, se presento y pidio nulidad de todo (con muy mal gusto), igual no prosperó y perdiendo estaba cuando el expte..desaparecio!!.
Ya acompañe todo lo que tenia -que no era mucho- para su reconstruccion. Verán q el demandado constituyo domi y denuncio el real, pero ese escrito yo no lo tengo y ahora estoy parada esperando el acompañe sus copias..PERO..el tribunal tenia un domicilio incorrecto por lo q tuve q indicarle q se lo notificó en su momento en "tal" dire y bajo responsabilidad y constituyo "tal" domi.
Allí fue la cedula..entonces..pienso..si no ejerce sus derechos puede presentarse pidiendo nulidad otra vez?..ME CONVENDRIA LO NOTIFIQUEN DE LA RECONSTRUCCION EN EL REAL Y BAJO RESPONSABILIDAD?..porque puede decir q las dires son inventadas..
Mismo tema pero en cuanto a liq soc conyugal y alimentos. Hay solo una casa y mi cliente, la mujer (actora), tiene comprador..él esta interesado y quiere la plata. Pero jamas pasó alimentos por sus hijos..por lo q nada puedo retener de la venta porque el acuerdo q hicieron jamas se homologó y ahora el expte ya no existe en su integridad. No llegamos a iniciar alimentos.Y como no registra nada a su nombre (la casa jamas se escrituro, solo hubo boleto) pienso tb en mis honorarios..y no me lvido de sus hijos menores q son criados integramente por la madre..
Que tips me recomiendan, para q se haga la venta y preveer estos puntos..?