Hola gente, bueno, queria consultarles lo siguiente:
Inicio un alimento y el juzgado me concede provisorios. El oficio a la empleadora (por diferentes y variados motivos) pude dejarlo en la empresa dos meses despues. Ahora me encuentro con que hacen el deposito del porcetual fijado a partir de este mes en curso.
Mi duda es:
el deposito tienen que hacerlo depositando los montos correspondientes desde la fecha en que se notifican (a traves de oficio) o desde la fecha en que el juzgado los determino? (o sea, dos meses antes...), lo consulto porque hablando con la consejera x otro tema me confundiò con eso...
Inicio un alimento y el juzgado me concede provisorios. El oficio a la empleadora (por diferentes y variados motivos) pude dejarlo en la empresa dos meses despues. Ahora me encuentro con que hacen el deposito del porcetual fijado a partir de este mes en curso.
Mi duda es:
el deposito tienen que hacerlo depositando los montos correspondientes desde la fecha en que se notifican (a traves de oficio) o desde la fecha en que el juzgado los determino? (o sea, dos meses antes...), lo consulto porque hablando con la consejera x otro tema me confundiò con eso...
