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  • Divorcio... se puede hacer poder?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #80482  por Silcost
 
Perdón por mi ignorancia... Mi cliente se va a vivir afuera, puede darme poder para tramitar el divorcio? En caso positivo, se necesita hacerlo por escribano o se puede hacer en Tribunales en forma gratuita? Gracias.
 #80534  por andreis28
 
te puede dejar un poder, obviamente por escribano publico, para tramitar el proceso, el tema es que cuando la citen a la primera audiencia (en caso de ser un mutuo consentimiento) para manifestar que se hace imposible la vida en comun, tiene que estar si o si, a la unica audiencia que podes ir vos con el poder es a la segunda, pero creo que el poder tiene que ser especial para ese caso.
saludos
Silcost escribió:Perdón por mi ignorancia... Mi cliente se va a vivir afuera, puede darme poder para tramitar el divorcio? En caso positivo, se necesita hacerlo por escribano o se puede hacer en Tribunales en forma gratuita? Gracias.
 #80918  por FATY
 
Hooola Silcost...., comparto la opinión de Andreis28...Si es mutuo acuerdo si o sí, tu cliente debe estar en la primera audiencia...y vos como letrado apoderado podes ratificar en la 2da ...Pero el poder puede ser general judicial (tanto para alimentos, tenencia, régimen de visitas, etc.)...Ese es mi caso en el Tribunal 2 de Flia de S.Isidro...Un abrazo...FATY

 #80920  por Sailaw
 
Depende, si el divorcio es por el 214 inc 2 procedimiento del 215 CC, y no existen menores, en la Capital Federal no fijan audiencia, y la sentencia sale con el primer proveido,

La cosa se complica si existen menores, porque si puede haber audiencia.

El poder es un especial para el juicio en cuestión.