Buenassss.... bueno tengo un problemon...compre un auto modelo 92 hace un año municipalizado...transferi lo mas bien..pero a la hora de querer pagar las patentes en mi municipio (lomas de zamora) tenia que dar la baja en el municipio anterior...ahi es donde comienza mi odisea jajja...entonces voy a merlo y me dicen que tampoco tenia el alta ahi por lo tanto tambien debia del anterior.... la cosa fue asi de lomas de zamora fui a merlo..de merlo a moreno y de moreno a la matanza...jaja ahi me entero que el auto tambien estuvo en capital y que debia su baja...un re liooo... fui a rentas de capital a dar la baja...parecia todo bien ya que me decian que el auto salio de capital en el 98 y por lo tanto era casi imposible que este tuviera deuda(x la prescripcion)...para mi buena suerte no!!! debia desde el 94 al 98 y lo pasaron a judiciales y lo poseia un mandatario....me dijeron que intente que el mandatario haga lo posible para que rentas me borre la deuda ya que el auto paso por tantas tranferencias y que yo nada que ver tenia... bueno lo unico que el mandatario me dijo que el poseia el expediente y que le iba a dar su curso contra la dueña de ese momento..y que lo unico que me quedaba era hacer una carta al director de rentas contandole mi situacion para iniciar una carpeta interna...lo hice pero nada de nada no me dicen nada no se en que estado me encuentro...mi miedo es que como supuestamente tiene una sentencia la causa me inhiban o algo por el estilo.. Al expediente de la causa pude acceder atraves de la web del jusbaires... el mismo se encuentra en estado archivado...ingreso en el 2000 y la ultima vez que se movio fue en el 2003 con autos a sentencia.. Tengo alguna posibilidad de salir favorecida...con alguna regla de prescripcion o de caducidad??? la verdad estoy desesperada..es un monton de plata y lo mas lindo que sale todo con la patente vieja del auto!! muchas gracias!
1°) error en no averiguar las condiciones fiscales del automotor antes de adquirirlo...
2°) error buscando asesoramiento on line....
deberia consultar a un abogado personalmente, contra el correspondiente pago de la consulta, como indica la ley