Hola!
Estuve leyendo uyn poc y la verdad un desastre el tema de este CCT.
Les pregunto para que me den una mano.
En ppio intimé por LCt y dije que el CCt no correspondía porque asi me lo dijo una colega. En fin me parece que va el de UOCRA porque la empresa esta reg en afip de ese modo.
Hay intención de arreglo. El tema es que mas queel doble de los haberes adudados nopuedo reclamar. Porque tengo registración por categoría distinta a la real, por lo tanto diferencias salariales y , estuvo no registrado un tiempo.
En fin cobra solo el fondo de desempleo y la multa ese que dije más arriba no??
A todo esto respecto a mis honorarios que le pido ala empresa??? Porque en definitiva mi labor en este caso no ayuda en mucho a esta persona no puedo hacerle cobrar mas que la multa.
gracias por todo
Estuve leyendo uyn poc y la verdad un desastre el tema de este CCT.
Les pregunto para que me den una mano.
En ppio intimé por LCt y dije que el CCt no correspondía porque asi me lo dijo una colega. En fin me parece que va el de UOCRA porque la empresa esta reg en afip de ese modo.
Hay intención de arreglo. El tema es que mas queel doble de los haberes adudados nopuedo reclamar. Porque tengo registración por categoría distinta a la real, por lo tanto diferencias salariales y , estuvo no registrado un tiempo.
En fin cobra solo el fondo de desempleo y la multa ese que dije más arriba no??
A todo esto respecto a mis honorarios que le pido ala empresa??? Porque en definitiva mi labor en este caso no ayuda en mucho a esta persona no puedo hacerle cobrar mas que la multa.
gracias por todo