Adicionar 60 días al plazo de entrega sin alegar razones objetivas suficientes se considerará como una cláusula abusiva según el art 1.3.1 de la resoulución 26/2004 y según la ley 24.240 art.37 se tendrá por no convenido.
para poder extender dicho plazo deben notificarme fehacientemente una razón objetiva por el cual es extendido al momento del pedido de la unidad además de notificar fehacientemente a la IGJ.
El punto "d" del artículo 1.3.1 de la resolución 26/2004 prohibe la inclusión de cláusulas abusivas dentro de los contratos que permitan a la entidad administradora, sin alegar razones objetivas suficientes, poder extender el plazo de entrega del bien por la sola circunstancia que el suscriptor haya pedido un cambio de dicho bien o modelo al tiempo de aceptar la adjudicación o dentro de un plazo preestablecido en el contrato.
Además de enviar está carta documento es necesario que TODOS denuncien a Fiat Plan en la IGJ y en Defensa al Consumidor.
Mi consulta??? se puede hacer esto ya que hace 78 días que fiat plan no me entrega la unidad??' Gracias
para poder extender dicho plazo deben notificarme fehacientemente una razón objetiva por el cual es extendido al momento del pedido de la unidad además de notificar fehacientemente a la IGJ.
El punto "d" del artículo 1.3.1 de la resolución 26/2004 prohibe la inclusión de cláusulas abusivas dentro de los contratos que permitan a la entidad administradora, sin alegar razones objetivas suficientes, poder extender el plazo de entrega del bien por la sola circunstancia que el suscriptor haya pedido un cambio de dicho bien o modelo al tiempo de aceptar la adjudicación o dentro de un plazo preestablecido en el contrato.
Además de enviar está carta documento es necesario que TODOS denuncien a Fiat Plan en la IGJ y en Defensa al Consumidor.
Mi consulta??? se puede hacer esto ya que hace 78 días que fiat plan no me entrega la unidad??' Gracias