Hola Forista les cuento que inicie hace un año una tutela, la cual paso por los pasos procesales siguientes: la solicitante es hermanastra mayor de la menor, los padres de la misma fallecieron hace cosa de dos años, fueron notificados todos los que podrían solicitar la tutela, abuela materna y hnos, ellos están de acuerdo que sea mi cliente, se produjeron las testimoniales, la asesora intervino correctamente como en cada caso, se llevo a cabo el informe socio- ambiental de rutina, y por el ultimo S.S y la asesora escucharon a la menor como lo establece el art 12 de la convención de los derechos al niño!, mi pregunta es ya S.S PUEDE DICTAR SENTENCIA?
si, ya q no queda prueba x producir, ni queda pendiente ningún informe
saludos, cecilia