Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Sucesión - administrador - retiro de fondos del banco

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #877071  por Apocrifo
 
¿Puede el administrador definitivo de una sucesión, retirar los fondos de una caja de ahorro de un banco para afrontar el pago de impuestos y gastos de conservación de un inmueble de la sucesión? ¿tiene que solicitarlo previamente al juzgado o puede ir directamente al banco con el mandato que tiene otorgado por los herederos ante el juzgado?
Saludos.
 #877434  por abogadamdq
 
En principio si son gastos de conservación e impuestos, son actos de administración, no disposición, aunque tales gastos se van a solventar con fondos provenientes de una caja de ahorro que integra el acervo sucesorio, para ello el testimonio otorgado judicialmente lo faculta para llevar a cabo su gestión. Además como el administrador debe rendir cuentas, los herederos pueden eventualmente cuestionar esas cuentas, y ulteriormente probar si fuera el caso, que el administrador lleva adelante una mala gestión, para promover un incidente de remoción del administrador, y solicitar la designación de un nuevo administrador.
El administrador para cubrirse puede rendir inmediata cuenta de la gestión realizada.
La delgada línea entre los actos de administración y los actos de disposición dependen de cada caso concreto.
Ahora, si el Banco tiene como disposición interna que el Administrador debe contar con autorización previa del Juzgado donde tramita la sucesión y no basta con solamente acreditar el carácter en el que actúa eso es otro tema.