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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #877109  por candado8
 
Hola Colegas, les cuento el caso:

El ahora ex asesor letrado de una obra social de una Universidad Nacional reclama indemnizacion por despido según la LCT y multas por empleo no registrado. Estaba con contrato de locación de servicios

Yo voy por la empleadora (la obra social), tenemos que intentar desacreditar la supuesta relación de dependencia invocada por este abogado.


A favor tenemos:
- No tenía un espacio físico de trabajo en la obra social (aunque él ha llevado testigos que dijeron que sí), ni horarios fijos, ni personal a cargo (por ej. secretaria).
-En los juicios ponía como domicilio legal el de su estudio, y no el de la obra social.
-No era su único trabajo, además de ejercer como particular, también era abogado de un gremio, donde tenía un contrato de similares características.
-EL REDACTÓ SU PROPIO CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, así como las sucesivas renovaciones, actualizaciones de honorarios, etc.: Esto lo recalco porque me parece fundamental. Me parece que aquí debería aplicarse la teoría de los actos propios, que si bien en el derecho del trabajo es de aplicación restrictiva (por la indefensión del trabajador para aceptar las condiciones impuestas), en este acto me parece que se aplica. Pero es difícil encontrar jurisprudencia...El tipo se hacía sus contratos, se ponía los honorarios, nunca pidió ser incorporado a planta, ni lo recomendó, en fin.

En contra tenemos: Facturaba todos los meses, una suma mas o menos fija. Pero como dije, todo según un contrato que él mismo redactó.

Necesitaría algún consejo, idea, y si tienen, alguna jurisprudencia, gracias!!!

NO SEAN TIMIDOS, TODO APORTE SUMA.
 #877127  por andresxeneizes
 
y si vos tenes que decir que el tipo no tenia dependencia tecnica ya que no cumplia horarios y que tampoco tenia dependencia juridica ya que el tomaba las estrategias de los casos segun como el creia y que la demandada no le decia como llevar los casos,
yo en la dependencia economica no me meteria a profundizar

igual me parece que estas con las de perder, porque por mas que el tipo tuviera otros laburos y tuviera algunas libertades con los horarios igual la relacion laboral existia porque se le pagaba un fijo, ya que si no hubiera dependencia y hubiera actuado en una actividad liberal cobraria distinto por cada caso y facturaria solo cuando aparece un caso o cuando termina un caso y no todos los meses
 #877177  por gusgus
 
entiendo claramente el planteo de andres... hasta coincido en parte....

pero sabemos y es de publico y notorio que como actividad profesional muchos tenemos asesoramiento a empresas mediante un canon mensual que facturamos, y ello no nos hace dependientes de ellas en el marco de una relacion laboral....

creo que para nada tiene el caso perdido, si logra acreditar los extremos que expone
 #877207  por candado8
 
gracias por los aportes colegas...me ha costado encontrar jurisprudencia sobre casos sobre reclamos laborales de los propios abogados, como este. Si tienen algo por favor aporten...incluso si es en contra (si hacen lugar al reclamo).

Yo tb. pienso que, si bien hay alguna chance, las posibilidades de perderlo son mayores, pero me parece que hay que entrarle por el lado de que era ÉL el encargado de crear su propio régimen jurídico, y fue él quien redactó su propio contrato de servicios pudiendo "nombrarse" en planta. Por el lado de los actos propios, de no poder alegar su propia torpeza, pero no encuentro sustento, ni doctrinario ni jurisprudencial...
 #877289  por ods
 
La dependencia economica la podes hacer caer con una compulsa de la facturación. Pedí una pericia contable sobre dichas facturas y si no son continuas cae gran parte de la demanda
 #877291  por ebarreyro
 
Claro, si se probara la autoría intelectual sería otra cosa, porque nadie puede alegar la nulidad del propio acto.
Sin embargo, hay bastante jurisprudencia respecto de las profesiones liberales en Capital en el CIJ., donde morigeran la presunción prestación de servicios/dependencia.
 #877294  por GU
 
ods escribió:La dependencia economica la podes hacer caer con una compulsa de la facturación. Pedí una pericia contable sobre dichas facturas y si no son continuas cae gran parte de la demanda
Adhiero. Importantisimo tratar de encontrar otros clientes a los que este representado simultaneamente y acreditarlo, tanto mediante facturacion como informativa.

El pago mensual no me preocupa, y con contrato de locacion de servicios mediante, no creo que pase por una relacion de dependencia.

Tiene estudio propio -pedir informes de servicios-. Tiene empleados? Socios u otros colegas con domicilio constituido en su estudio?

Para mi es mas factible acreditar la locacion de servicios (si es real) que acreditar una relacion de dependencia sino lo es -en este caso en concreto-.

Busca jurisprudencia relacionada al tema de profesionales y tambien del art. 23.

Salutes!
 #965718  por candado8
 
GU escribió:
ods escribió:La dependencia economica la podes hacer caer con una compulsa de la facturación. Pedí una pericia contable sobre dichas facturas y si no son continuas cae gran parte de la demanda
Adhiero. Importantisimo tratar de encontrar otros clientes a los que este representado simultaneamente y acreditarlo, tanto mediante facturacion como informativa.

El pago mensual no me preocupa, y con contrato de locacion de servicios mediante, no creo que pase por una relacion de dependencia.

Tiene estudio propio -pedir informes de servicios-. Tiene empleados? Socios u otros colegas con domicilio constituido en su estudio?

Para mi es mas factible acreditar la locacion de servicios (si es real) que acreditar una relacion de dependencia sino lo es -en este caso en concreto-.

Busca jurisprudencia relacionada al tema de profesionales y tambien del art. 23.

Salutes!
Gracias por los aportes.

TE cuento: el tipo no solo trabaja en su estudio, sino que también asesora en un organismo estatal (tribunal de cuentas), donde también reclama estar en relación de dependencia, porque cumple horarios, cobra suma fija, etc. (Para la demandada cobraba suma fija, pero NO cumplía horarios...ni siquiera tenía lugar físico propio)

Otro dato importante: en los escritos hechos para la demandada, el siempre fijó domicilio en su estudio, y no en el domicilio de la demandada.

En fin, lo que necesitaría es alguna jurisprudencia a mi favor, ya que en el tema profesiones liberales, he encontrado, pero de médicos. De abogados no encontré nada.