estimados colegas. tengo un caso en santa fe , donde a mi cliente se lo imputo en sede policial por delito de abuso agravado, habia sido citado, se presento sin abogado porque no entendia de que se le imputaba. (estuvo 3 horas "demorado") el juez le aplico llamando por telefono a la comisaria la norma que permite la sustitucion de ppreventiva, imponiendole restricciones que vencieron a los 2 años.(art 346 ) esto sucedió en 2004, jamas fue llamado a prestar indagatoria, ni acto equivalente, tampoco se agregaron mas pruebas desde entonces ya que no habia "sospecha bastante " para indagar. ahora es probable pedir sobreseimiento por exeso plazo en la instruccion? pero ello tiene un impedimento, debe habersele recibido indagatoria.art 208 CPPSF) entonces debere esperar la prescripcion de la accion o se solicita por haber transcurrido con creces el plazo de instruccion? .