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  • PRESCINDIR DE LA CONFESIONAL - ALIMENTOS

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #880060  por Denisramon
 
Estimados colegas, estoy preparando una demanda de alimentos, el problema que tengo es bastante sencillo y me gustaría conocer su opinión.

Demanda de alimentos; el demandado está radicado la Prov. de Santa Fe.
El problema es el siguiente: Mi clienta, no tiene un centavo partido por la mitad, vino a Misiones, tuvo trabajo por un tiempo y ahora está prácticamente en la calle, y quiere que el ex concubino le pase alimentos a su hija de 5 años. (se separaron por cuestiones de violencia)

Aquí la pregunta: ¿Alguien tiene idea de como hacer las notificaciones de la manera más económica posible?;

Otra pregunta tal vez un bastante tonta: El pliego para la confesional. Lo puedo presentar hasta 30 minutos antes de la audiencia en cualquier tipo de proceso. ¿Esto es así? La duda me surge en razón a que he visto pliegos presentados junto con la demanda y otros presentados el día de la audiencia.

Desde ya muchas gracias.
 #880095  por lunita_44
 
30 min antes de la audiencia basta (salvo en laborales q van al momento de iniciar la demanda) ... te tiro una idea, llama a la oficina de notificaciones del lugar a notif y preg si se la podes mandar x correo... suerte!
 #880243  por antihique
 
Por el pliego de absolucion mira lo que dice tu codigo procesal civil.Hay pcias que se puede presentar hasta 30 mintos antres y hay otras en las que deben estar previamente agregadas en el expte aunque no es necesario presentarlo con la demanda,sino luego .-
EN CUANTO A LA NOTIFICACION quizas puedas comunicarte con algun abogado/a del foro que te realice el tramite podes colocar como nuevo tema busco colega en sta fe.
 #880393  por Denisramon
 
Muchas gracias por responder...

Se me ocurre la idea de enviar una carta documento al futuro demandado a fin de solicitarle ayuda económica para el sostenimiento y educación de la menor. La idea es, si contesta, veremos que dice o plantea; y si no contesta, pido directamente el embargo sobre los haberes atento a que ya va estar demostrado que conoce la necesidad de la hija y no respondió. ¿Qué opinan? ¿Puede Funcionar?