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 #881345  por HERNAN3192
 
hola, me estoy haciendo una pregunta y quisiera saber su opinión. ¿en accidentes de transito si vas por la actora, en este caso un peaton embestido? cuando las compañias de seguros de los autos embistentes son de las que yo llamo , truchas (esas que nunca quieren pagar nada, u ofrecen poco) ¿es conveniente llevar al cliente a la vista médica de la compañia o directamente a juicio? digo porque estoy pensando que si lo hago, es como que dejo que evaluen hasta donde me pueden llegar a dar por lesiones en el juicio y despues en la audiencia 360 te ofrecen poco debido a que ya cuantificaron de antemano el daño? es así, o no..... pregunto porque cuando reclamo daños materiales y cervicalgía lo dejo ir a le vista medica, pero en este caso la lesión consistió en 4 puntos de sutura en tobillo. (volo por los aires y un testigo dice que estuvo con perdidad de conocimiento)

muchas gracias.
 #881405  por dramcflores
 
el tema con eso es q si el accidente ocurrió en capital vas a tener q ir a mediación y lo más seguro es q lo quiera revisar el médico de la cía. Yo te aconsejo que también lo hagas ver por un médico legista de tu confianza para que te indique cuales son los puntos de incapacidad y que lo acompañe a tu cliente a la revisación médica de la cía de seguros, si es que se la realizan.
saludos, cecilia
 #881541  por enzo fernando costa
 
En estas cosas, como siempre, hay que manejarse con sentido común. Si el cliente voló por los aires, pero la lesión finalmente se resumió en cuatro puntos de sutura en una guardia hospitalaria, pues que vaya solo a la evaluación: la reparación seguramente versará más sobre el sufrimiento físico y dolor (que la justicia, por cuestión práctica, subsumirá en un daño moral), que sobre puntajes de un baremo médicolegal.
Pero si las secuelas son significativas, y dan lugar a una incapacidad manifiesta, entonces vale la pena hacerlo acompañar por un consultor técnico de parte, para que quede claro que el caso no se va a rifar, y que se va a discutir técnicamente sobre baremos y evaluaciones semiológicas sobre los aparatos, sistemas, u órganos afectados.
 #881597  por HERNAN3192
 
gracias, por la respuesta...Enzo la verdad que es tal cual, por lo que veo solo fueron los cuatro puntos, xq luego se realizo seguimiento por la obra social y le dijeron que esta ok. voy a acompañarlo yo a la vista médica, la cual ya me dieron...luego de cerrar mediación. Gracias. saludos.
 #908242  por HERNAN3192
 
hola Enzo Fernando, sigo con este tema, me ofrecieron re poco y me estan dando una vuelta para reconsiderar el monto.....cuanto me daron en la damanda civil por el daño "tres puntos de sutura en pie izquierdo" y 20 dias d einmovilización? por que me parece o dejo el caso o tengo que inicar la demanda. Saludos y gracias.
 #908324  por enzo fernando costa
 
Si, como supongo, la herida no pasó del tejido dérmico o del celular subcutáneo, sin interesar tendones, es evidente que los baremos medicolegales casi no van a otorgar incapacidad, a menos que incidan factores estéticos significativos. Como ya sugerí, esto gira en derredor del sufrimiento físico (= daño moral, para nuestra simplificadora jurisprudencia), el lucro cesante, y los eventuales gastos de tratamiento. Eso lo tenés que evaluar vos frente al cliente, con las facturas en la mano: no se lo pidas al consultor médico.