cuando se inicia un juicio, salvo que seas apoderado que acompañas el poder, se acompaña copia del documento del cliente. No se si te referís a esto o a que.
Saludos, Cecilia
Pero si tengo sólo el poder (otorgado ante escribano) y no tengo la fotocopia del DNI?
Podría ser que: se entiende que ya se ha acreditado la identidad correctamente ante el escribano? En este caso, hace falta que presente la copia del DNI del representado?