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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #887638  por ABOGADAMARCE3
 
Hola colegas!.. hace poco presente divorcio presentacion conjunta, con cuota alimentaria 3000.- Por fuera se hizo el convenio de division de bienes.- Hasta ahora no cobre 1 peso. Llame a mi cliente, para que me firme escrito para pedir sentencia y firmar convenio de honorarios. Aduce dolencias, que ya va a venir que se yo. Lo que quiero hacer es cubrirme porque mi trabajo esta hecho. Esta terminado y lo que veo es un abuso absoluto de confianza y de mi derecho a percibir los correspondientes honorarios. PASOS A SEGUIR: A) Retener la documetacion original, mandarle carta documento por los honorarios respecto a la labor extrajudicial?? Y por otra parte notificarla para que cumpla con lo que requiere el juzgado respecto del divorcio?? Consejos... Escucho ofertassss!!
 #889315  por DraSolcito
 
Consejo para el futuro: No iniciar este tipo de causas sin un adelanto de honorarios: 50% para iniciar, 50% al terminar.

Ahora bien, cómo resolver esto? Se me ocurre que pidas regulación judicial, aunque quizás sea más bajo que lo que pretendas, algo te van a regular y si así y todo no pagan, lo podés ejecutar.
 #889320  por gusgus
 
y si en el convenio de division de bienes figuras, iniciar regulacion de honorarios por tareas extrajudiciales....

ni un metro de ventaja a esta gente que se abusa del trabajo ajeno
 #889347  por luc929
 
No se en cuanto arreglaste, aca en Chubut solo el divorcio por presentación conjunta (ni siquiera llaman a audiencia), en caso de que haya menores dan vista a la Asesoria pero como mucho tarda dos meses, te regulan el mínimo que son 20 JUS (en este momento viene a ser $5.000). Tal como te dicen los colegas, si no te pagan pedí regulación de honorarios
 #894493  por face
 
SI TE REVOCO PODER MEJOR ASI PODES VENGARTE JAJAJ. PRESENTA INCIDENTE DE REGULACION DE HONORARIOS, LUEGO NOTIFICA LA REGULACION AL DOMICILIO REAL DE TU E CLIENTE, ESPERA DIEZ DIAS HABILES Y SI TIENE BIENES REGISTRABLES SOLICITA UN EMBARGO PREVENTIVO, SINI MANDAMIENTO DE EMBARGO DE BIENES MUEBLES PERO TAMBIEN PREVENTIVAMENTE ASI LO TOMAS DE SORPRESA. LUEGO LE HACES UN EJECUTIVO. SI QUIERE PAGAR QUE VALLA A TU ESTUDIO Y LE COBRAS LOS INTERESES Y DE PASO LO HACES SUFRIR O LE HACES REMATAR LOS BIENES DE PASO APRENDE A NO DEBERLE A UN ABOGADO.
 #905342  por san2012
 
Me parece perfecto.....ajusticialos y se lo mas dañino posible....por las buenas todo....por las malas nada....ademas ese cliente tiene que aprender...a no joder con profesionales.....yo adhiero a lo que te dijo el colega anterior....incluso avanzarioa con el embargo....y de ser posible remataria algo....ESTOS HDP que se abusan de la buena fe de los abogados son hijos del rigor....por lo tanto hay que aplicarles rigor...Ademas ahora se deben estar jactando de que durmieron a un abogado....Slds. San