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  • habilitacion de estudio juridico

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 #888838  por dierone
 
mis estimados despues de leer y leer el foro y de llamar al gobierno de la ciudad y tratantado de averiguar si necesito o no la "bendita" habilitacion municipal fui a la fuente (cosa que debia hacer desde el principio) y encontre el codigo de habilitaciones y verificaciones de la Ciudad Autonoma de Buenos Aires y me encontre con los siguiente que se copia al final. se que posiblemente de mucho no sirva pero lo queria compartir con todos porque vi a bastantes personas preguntando lo mismo y quise contribuir con aunque sea un poquitito de todo lo que la gente de la pagina me ayudo en dudas que tenia.- espero que sirva
saludos
Capítulo 3.
Normas de Procedimiento para la solicitud de habilitaciones.
Aviso de Actividad.
3.1.3.
3.1.3.1. Elementos constitutivos de cada tipo de habilitación. Presentación
de Aviso de Actividad y Solicitud de Habilitación.
Las actividades comprendidas en el Artículo 3.1.3.2. pueden desarrollarse a
partir de la presentación del “Aviso de actividad”. Las actividades comprendidas
en el Artículo 1.1.1.2 inciso b) están sujetas al presente régimen de
habilitaciones.
53
El Aviso de Actividad debe hacerse mediante nota tipo o a través del sistema
en línea referenciado en 1.1.1.7.
Las habilitaciones se estructuran clasificando las actividades en cuatro tipos.
Todas las habilitaciones de cualquier tipo que fueren, se solicitan y realizan
bajo declaración jurada.
Cada tipo surge de combinar los siguientes elementos:
a) La forma de otorgamiento del acto administrativo, que puede ser:
a1. Automático.
a2. Con verificación de documentación e inspección previa de las
instalaciones.
b) La superficie afectada al uso y a la actividad a desarrollar.
3.1.3.2. Aviso de Actividad.
Deben dar aviso de actividad:
a) Las sedes administrativas de las fundaciones, asociaciones civiles sin
fines de lucro, entidades gremiales, cámaras empresariales, cooperativas
y/o entidades mutuales en la medida que solo cumplan ese rol y no se
desempeñen otras actividades.
b) Las sedes administrativas de partidos políticos.
c) Los consultorios de cómo máximo tres (3) profesionales universitarios
de la salud que no revistan la condición de generadores de residuos
patogénicos
[ Los estudios profesionales donde ejerzan su actividad como máximo
tres (3) graduados universitarios o que tengan menos de cinco (5)
empleados bajo cualquier relación laboral./size]

e) Los locales donde se ejerzan artes y oficios si realizan la actividad
como máximo tres (3) personas físicas o que tengan menos de cinco (5)
empleados o aprendices.
f) Las casas de familia que alojen personas mediante un contrato de
hospedaje.

fuente: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/jef ... rmisos.pdf