buenos días: se me presenta una duda con un cliente al que le figura en su datos personales( autonomos del 1/92 al 6/2002 y del 7/2002 al 02/2007),todo ese periodo sin ningun pago, todo deuda, lo puedo prescribir con el art. 1 ley 25321? para que me salga deuda cero, y a su vez debo comprar 1 año y seis meses de sdm mas moratoria, yo compraria del 6/2012 para atras porque los intereses son más baratos, en ese caso deboe cargar en situacion de revista ampliada dichos periodos de serv. dom mas los que me falta para llegar a los treinta ? desde ya muchas gracias.
