Hola a todos,
Tratè de encontrar un tema abierto similar a mi pregunta pero como no lo encontrè, abro uno nuevo.
A la casa de mis padres llegò una cedula de notificacion por una deuda de ABL que va del año 2000 al 2004, deuda que contrajo el propietario anterior del depto. , ya que nosotros somos dueños desde el 2005.
Cuando compramos el depto. el escribano que hizo la escritura nos redactò una constancia donde se nos abstenia de la obligacion de pagar la deuda del propietario anterior. La constancia la firmo un contador de la DGR.
En el 2007 se nos envio una cedula infomandonos de acciones judiciales por esa deuda. Fuimos a las oficinas del mandatario judicial y le entregamos una copia del papel firmado por el contador de la DGR y otra copia en Viamonte 900.
Ahora nos vuelve a llegar esta cedula de notificacion a cargo del mismo mandatario judicial.
Mi pregunta es: hay que pagar una deuda geneerada por el anterior propietario hace ya 8 años?
Gracias de antemano.
Tratè de encontrar un tema abierto similar a mi pregunta pero como no lo encontrè, abro uno nuevo.
A la casa de mis padres llegò una cedula de notificacion por una deuda de ABL que va del año 2000 al 2004, deuda que contrajo el propietario anterior del depto. , ya que nosotros somos dueños desde el 2005.
Cuando compramos el depto. el escribano que hizo la escritura nos redactò una constancia donde se nos abstenia de la obligacion de pagar la deuda del propietario anterior. La constancia la firmo un contador de la DGR.
En el 2007 se nos envio una cedula infomandonos de acciones judiciales por esa deuda. Fuimos a las oficinas del mandatario judicial y le entregamos una copia del papel firmado por el contador de la DGR y otra copia en Viamonte 900.
Ahora nos vuelve a llegar esta cedula de notificacion a cargo del mismo mandatario judicial.
Mi pregunta es: hay que pagar una deuda geneerada por el anterior propietario hace ya 8 años?
Gracias de antemano.