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  • VENDIO CAMIONETA Y NO HIZO TRANSFERENCIA - HUBO ACCIDENTE

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 #894994  por maria80
 
Colegas, una consulta, si les toco un caso similar.
Un señor vendio una camioneta, y no hicieron la transferencia, el comprador lesiono a un tecero, y lo demandaron al vendedor...¿Hay alguna solución, yo representaría el vendedor...

Espero sus respuestas. Gracias
 #895024  por dramcflores
 
el seguro a nombre de quien está? no hizo denuncia de venta ante el registro? yo presentaría boleto de compra venta. Igualmente, más allá de que el sigue siendo titular del auto y responsable hasta q se haga la transferencia o denuncia de venta, sera el seguro quien responderá por los daños siempre que haya seguro
saludos, cecilia
 #895170  por poorlaw
 
Hola María,

No me tocó, pero encontré un fallo de la SCBA, con opiniones divididas sobre si el art. 27 del régimen jurídico del automotor http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... texact.htm establece una presunción juris tantum o no.

El fallo, en formato punto doc: http://www.scba.gov.ar/falloscompl/SCBA ... c83469.doc

Saludos!
 #895282  por Pendilla
 
Igualmente el problema del dolo en el derecho argentino abarca gran parte de la jurísprudencia/o. Recuerdo/a haber tenido grandes discuciones con otros colegas en donde mi postura, evidentemente envidiada, se sobreponía a la de los otros. Es por eso que le recomiendo que si el homicidio fue en jurisdicción de Campana, haga la denuncia en Escobar. Ahi hay unos tenedores libres en los que se come muy bien. Así que no me baje los brazos, y como le digo a mis alumnos en la facultad, "La vida es un montón de papeles desordenados"

Saludos. Dr. Pandilla. *flor* *cafe*
 #895385  por DrRodrigo
 
maria80 escribió:Colegas, una consulta, si les toco un caso similar.
Un señor vendio una camioneta, y no hicieron la transferencia, el comprador lesiono a un tecero, y lo demandaron al vendedor...¿Hay alguna solución, yo representaría el vendedor...

Espero sus respuestas. Gracias
A ver... esto no tiene nada que ver con la responsabilidad penal. Si "demandaron" al vendedor, es por que se lo considera responsable "civilmente" y no penalmente. En todo caso la responsabilidad penal recaera sobre el chofer, y no sobre el titular registral.

Y OJO QUE PANDILLA NO ES ABOGADO Y SE ESTA DISCUTIENDO SI CUMPLE CON EL ART. 30 del CODIGO CIVIL... :mrgreen:
 #895389  por gusgus
 
concido con rodrigo...

el tema esta mal posteado en derecho penal, pues en este fuero nada tiene que ver el titular registral....

en cuanto al tema de responsabilidad civil, es doctrina pacifica de la SCBA que por mas que no hubiera denuncia de venta, si el titular registral demuestra que se desprendio de la guarda del automotor (v.gr. por boleto) no responde por los daños y perjuicios.....
 #895391  por DrRodrigo
 
Pandilla escribió:Hola, si existió dolo, el seguro no se hace cargo.

Saludos.
A ver infradotado, que tiene que ver el dolo, con el seguro y con la cuestión penal. Esto es PENAL, no civil.
Pandilla escribió:Además, es muy probable que el vendedor haya dejado de pagar la cuota del seguro.

Saludos.
A veces no se si reirme, o espantarme... No tenes idea de donde estas parado. Mejor segui cortando y pegando links sin sentido. Otra cosa, ya que jeanvaljean02 (o como se escriba) te admira... Empeza a estudiar y responderle las preguntas, ya que yo no la ayudo mas.

Saludos.

OJO PANDILLA NO ES ABOGADO (Y YA ESTA SENIL)

:mrgreen: :mrgreen: *suerte*
 #895393  por gusgus
 
la verdad deberiamos tener mas cuidado con lo que opinamos....

podemos llevar a grave error a colegas que consultan con total buena fe....

las respuestas que lei son terribles
 #895502  por Pandilla
 
Bueno, mi única intención es que el Hilo de la Forista no se fuera al tacho del olvido.Si no fuera por mi intervención, nadie la iba a ayudar.
O sea: "La belleza de la flor reside en la fealdad de las raíces" (mientras más feas son las raíces, más bella sera la flor).

Saludos :mrgreen:
 #895520  por Pendilla
 
Aparte no se porque se enojan, lo que dije está bien. El hecho es un caso tipico de tipicidad autonoma. Esta en cualquier manual de derecho en la historia de la automovilización. Esto tiene que ver con el dolo en la culpa del que es titular registral del inmueble, y en este caso, titular registral de vehiculo autmotor motorizado y enajenado. Pero a Ustedes no les dá la cabeza...

Saludos. Dr. Pandilla.

:mrgreen: *cafe*