Hola cómo estan? Nos vino a ver una persona q le iniciaron divorcio art.202 incs 4o 5to, 214 inc 3 y 166 inc 6 . La duda es si estando divorciado en argentina x el art 67 bis con sentencia el 8.10.86 inscripto en 2004 estaba impedido de contraer nuevo matrimonio. Se vuelve a casar en el exterior (Italia) el 30/11/85. Subsiste el vínculo anterior? Ha incurrido en bigamia? Gracias!!!!Adri 
Pero como decís que la inscripción se hizo en 2004, fijate bien porque es muy probable que estén divorciados vincularmente por conversión del viejo 67 bis.
En Italia son estrictos con esto de modo que a menos que dijera que su estado civil era soltero cuando se casó en Italia, le tienen que haber pedido la sentencia de divorcio en forma para casarse allá.
