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  • Honorarios actuación conjunta

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #895284  por pablodoc9
 
Hola, colegas. Mi nombre es Pablo. Soy nuevo en el foro. Me pareció muy interesante los temas que tratan.
Quería hacerles una consulta, ya que, como muchos acá, estoy dando mis primeros pasos en la profesión.
:D Me asocié con un amigo. estamos llevando un par de casos laborales conjuntamente (firmamos los dos)
Tengo entendido, que cuando regulan honorarios lo hacen de manera conjunta (ej. regúlense el 16% al letrado de la parte actora)
Quería saber si al momento de solicitar el giro, podemos pedir 2 giros separados, por la parte que nos corresponde a cada uno.
Me pueden ayudar con esto?

Gracias!

Voy a tratar de aportar en lo que me sea posible :D
 #895352  por gusgus
 
por lo menos en pcia bs as, regulan individualmente, $xxx x al letrado A y $xxx al letrado B, ambos de la parte actora....

es mas, hasta no pude coincidir las sumas reguladas si hay mas escritos firmados por uno que por otro...

al momento de pedir giros, es personal, como la regulacion, se libra a cada letrado su monto correspondiente
 #895380  por pablodoc9
 
gusgus escribió:por lo menos en pcia bs as, regulan individualmente, $xxx x al letrado A y $xxx al letrado B, ambos de la parte actora....

es mas, hasta no pude coincidir las sumas reguladas si hay mas escritos firmados por uno que por otro...

al momento de pedir giros, es personal, como la regulacion, se libra a cada letrado su monto correspondiente
Gracias, gusgus!

Nosotros trabajamos en Capital únicamente, pero supongo que no diferirá mucho.