Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Denuncia Extravío cédula Azul. Policía terca, o delirante ?

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #897368  por Drmadero
 
Colegas


Perdía una bendita cédula azul -que me autoriza a mi- de un auto, el cual es de la empresa de unos parientes. Para la transferencia de dicho auto que la empresa quiere realizar, es necesario devolver las cédulas o presentar el extravío de las que faltan.
El tema es que en la comisaría , primero me pidieron constatar el domicilio del denunciante a los fines de la denuncia del extravío -pregunté en varias comisarías y todas piden lo mismo. Dicen que es para hacer un legajo interno , bla bla. Nadie me dice en que normativa basan eso.

Una vez que constaté el domicilio, ahora me dicen que necesitan una fotocopia del título, de la cédula verde y un "autorización de la empresa con el logotipo de la misma firmada por algun miembro/socio,etc".

Todas estos pedidos me parecen delirantes . No son claros, y me parecen excesivos para un simple extravío.

Hay alguna normativa con los malditos requisitos para un extravío de documentación automotor ?????


No quiero llegar al extremo de tener que denunciarla por robada en otro lado, o tener que presentar un escrito en mesa de entradas de la PFA....


GRACIAS !
 #897459  por poorlaw
 
Drmadero escribió:Hay alguna normativa con los malditos requisitos para un extravío de documentación automotor ?????

Extraído del Digesto de Normas Técnico Registrales del R.N.P.A.:
Título II, Capítulo II, Sección 1ª, Art. 23, inc. c): Artículo 23.- (TRANSFERENCIA) De la documentación a presentar al Registro: Sin perjuicio del cumplimiento de los recaudos que según el caso y con carácter general prevé el Título I (acreditación de identidad, personería, domicilio, consentimiento conyugal, etc.), será obligatorio presentar al Registro Seccional:...
...c) Cédula de identificación del automotor, recién al retirarse el trámite terminado. En caso de robo, hurto o extravío, bastará con que se denuncie el hecho en el Registro en la forma prevista en este Título, Capítulo IX, Sección 1ª, artículo 6º, no siendo necesario emitir una nueva cédula a nombre del vendedor.

Título II, Capìtulo IX, Sección 1ª, Artículo 6º.- En los casos en que, de acuerdo con lo dispuesto en cada trámite en particular, la Cédula en uso deba presentarse para ser retenida por el Registro, pero en la oportunidad en que aquélla deba ser presentada se denunciare su robo, hurto o extravío, bastará con que el peticionario denuncie esa circunstancia mediante la presentación de una nota simple suscripta ante el Encargado del Registro Seccional interviniente o con firma certificada por Escribano Público. En este supuesto, el Registro Seccional asentará esta circunstancia en la Hoja de Registro y efectuará la comunicación prevista en el artículo 6º de la Sección 2ª de este Capítulo
Es muy común no contar con la cédula verde cuando lo dejás en una concesionaria de usados, cuando pasa el tiempo el vendedor hace la denuncia de venta y, obvio, hace el trámite sin la cédula, por lo que lo deja asentado en el registro, sin denuncia ni nada. Espero sirva.

De última, andá a un Registro y preguntá en el mostrador.

Saludos!
 #898089  por Drmadero
 
Gracias poorlaw ! Un capo Ud.


Pd : Sigo molesto con la policía. Estaría bueno iniciarles un sumario en asuntos internos. No creo que sea necesario presentar tanta documentación para una extravío,que al fin y al cabo es una mera manifestación.
 #898836  por NORMA
 
Cuando vendì el auto tenìa que entregar las tarjetas azules,pero me faltaba una y la denuncia la hice en el registro del automotor (me parece) no recuerdo haber ido a la comisaria. *flor*