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  • Se puede reclamar alimentos después de años?

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 #898841  por claririvas
 
Buenas noches,
Soy abogada pero por motivos de enfermedad hace varios años que no ejerzo.
Les cuento un poco mi historia personal. Cuando mi hija tenía 5 años, me tuve que ir de mi casa bajo amenazas de muerte. Y a partir de ese día, este hombre brilló por su ausencia y no pagó ni un peso en concepto de nada. Le inicié una querella por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, de la cual, él salió condenado a 3 meses de prisión en suspenso y él aducía en su defensa que no disponía de dinero. No estando el hijo en condiciones de pagar, sí lo estaba su madre, quien cuando vio la sentencia condenatoria inmediatamente se insolventó fraudulentamente por las dudas.
Así pasaron los años. Hoy en día mi hija tiene 32 años. Si mi ex-suegra fallece, yo puedo tomar alguna acción judicial a fin de demostrar que ahora este sujeto tiene recursos y que se me resarza económicamente con la herencia de su madre?
Muchas gracias por todo,
Clarisa Rivas Lorenzo.
 #898867  por Tiburcio
 
Con un juicio de alimentos no, ya que al ser mayor de edad tu hija no tenés personería.
Podría estudiarse una acción de daños y perjuicios, invocando el dinero que tuviste que poner durante tantos años de tu bolsillo para mantener a tu hija y la ilicitud de la acción del padre.
Pero hay pocos antecedentes, y juega también el tema de la prescripción que puede hacer que ya no haya chances de intentar una demanda, y menos aún en el futuro.
 #899056  por javier098765
 
LOS ALIMENTOS NO PRESCRIBEN. PERO, LA ACCION PARA RECLAMARLOS; PRESCRIBE LOS ALIMENTOS VENCIDOS PRESCRIBE A LOS 5 AÑOS.
LOS DAÑOS Y LOS PERJUICIOS; PRESCRIBEN A LOS 2 AÑOS.
LA SIMULACION; PRESCRIBE A LOS 2 AÑOS.