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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #899477  por sc
 
El tema es el siguiente, se trata de un persona fallecida en el año 2011, a los 64 años, tiene inscripción de autónomos, no llega a ninguna regularidad, es todo autónomo, los últimos pagos son del año 1994.
Sacando los pagos que se encuentran fuera de termino y con deuda tiene aprox. 14 años.
La pregunta es la siguiente, puedo ir por los 30 años, es decir , renunciando donde hay deuda y comprando hasta completar los 30 años?
Otra pregunta, la cónyuge se encuentra jubilada y se encuentra abonando la moratoria, en el caso de la pensión, podría hacerse en un solo pago?
gracias a quien pueda ayudarme
 #899503  por ecar
 
esta bien lo que planteas, tenes que ir por los 30 años, el pago de la deuda es de contado.
ultimo pago 1994, podes tomar 7 años art.3 ley 24476. suerte.
 #900848  por sc
 
ok gracias. te hago una consulta, el año de fallecimiento se cumple a fin de mes, aún no saben si tendran el dinero como para abonar todo, si saco turno (anterior al 30/10, que es la fecha que falleció) pero el turno es posterior a esta fecha, entre dentro del retroactivo. o el turno tendría que ser antes del 30/10?
 #901016  por MARIO1943
 
[quote="Heyjulles"]Hola, tengo un caso similar, falleció a los 64 años, pero no tiene inscripción de autónomos. ¿Podría ser viable con moratoria?
Gracias[/qu
SI NO TIENE APORTES EN RR.DD.DESPUES DEL 09/1993, NO VAS A PODER HACER LA MORATORIA, NO LLEGA A LOS 30 ANOS?, ,
 #901127  por ecar
 
sc escribió:ok gracias. te hago una consulta, el año de fallecimiento se cumple a fin de mes, aún no saben si tendran el dinero como para abonar todo, si saco turno (anterior al 30/10, que es la fecha que falleció) pero el turno es posterior a esta fecha, entre dentro del retroactivo. o el turno tendría que ser antes del 30/10?
LIQUIDA SICAM EL 1/11/2012, LA DEUDA TE VENCE EL 20/12/2012, TENES 45 DIAS HABILES PARA SOLICITAR TURNO PARA CARATULA Y NO PERDER RETRO DESDE LA FECHA 1/11/2012. DE ESTA FORMA GANAS TIEMPO PARA CANCELAR DEUDA. SALUDOS
 #901134  por MARIO1943
 
sc escribió:ok gracias. te hago una consulta, el año de fallecimiento se cumple a fin de mes, aún no saben si tendran el dinero como para abonar todo, si saco turno (anterior al 30/10, que es la fecha que falleció) pero el turno es posterior a esta fecha, entre dentro del retroactivo. o el turno tendría que ser antes del 30/10?
EL SICAM LO PODES HACER AL DIA D E HOY Y EL RETROACTIVO VA A PARTIR DE LA FECHA DE LIQUIDACION DEL SICAM ,MAS EL RETRO DE 12 MESES HACIA ATRAS O A PARTIR DE LA FECHA D E FALLECIMIENTO, EL TURNO TENES 45 DIAS HABILES PARA PEDIRLO
 #901137  por ecar
 
MARIO1943 escribió:
sc escribió:ok gracias. te hago una consulta, el año de fallecimiento se cumple a fin de mes, aún no saben si tendran el dinero como para abonar todo, si saco turno (anterior al 30/10, que es la fecha que falleció) pero el turno es posterior a esta fecha, entre dentro del retroactivo. o el turno tendría que ser antes del 30/10?
EL SICAM LO PODES HACER AL DIA D E HOY Y EL RETROACTIVO VA A PARTIR DE LA FECHA DE LIQUIDACION DEL SICAM ,MAS EL RETRO DE 12 MESES HACIA ATRAS O A PARTIR DE LA FECHA D E FALLECIMIENTO, EL TURNO TENES 45 DIAS HABILES PARA PEDIRLO
VOS PLANTEAS EL TEMA COMO ALGO GENERAL Y ESTA MUY BIEN,
PERO YO LO EXPLICO TENIENDO EN CUENTA QUE MENCIONA QUE TIENEN DIFICULTAD EN CONSEGUIR EL DINERO, POR ESO PARA MI ES CONVENIENTE PERDER RETROACTIVO DE COBRAR 2 DIAS ( 30 Y 31 DE OCTUBRE de 2011), liquidar sicam el 1/11/2012, y plazo para pagar deuda hasta 20/12/2012. y cobra el retroactivo desde el 01/11/2011. saludos.
 #901140  por sc
 
ok, gracias por todas las opiniones....estoy terminando de hacer el sicam, que me genera muchas dudas, lo primero que hice fue cargara la situación de revista de acuardo a lo que tenía en datos personales, liquidé, y lo que figura con deuda, luego lo renuncié y compro por moratoria los años que me faltan para llegar a los 30...luego liquido nuevamente y abonaría todo en una cuota....está bien así...gracias!!!
 #901144  por ecar
 
sc escribió:ok, gracias por todas las opiniones....estoy terminando de hacer el sicam, que me genera muchas dudas, lo primero que hice fue cargara la situación de revista de acuardo a lo que tenía en datos personales, liquidé, y lo que figura con deuda, luego lo renuncié y compro por moratoria los años que me faltan para llegar a los 30...luego liquido nuevamente y abonaría todo en una cuota....está bien así...gracias!!!
esta muy bien como lo planteas, tene en cuenta que hasta 09/1993, al liquidar por la 24476 no tenes necesidad de respetar el PUC, podes cambiar la actividad, yendo a una ACT CAT A, y a la fecha del ultimo periodo abonado, aplica el art. 3 ley 24476. suerte.
 #901419  por sc
 
Hola, hasta acá perfecto, es decir, liquide, renuncié lo que estaba con deuda, ahora bien, puedo comprar eso periodos por moratoria? ya que con ellos puedo llegar a los 30 años....de ser así se hace todo en sicam 1, o tengo que ampliar?
espero q sea mi última pregunta...
 #901462  por ecar
 
sc escribió:Hola, hasta acá perfecto, es decir, liquide, renuncié lo que estaba con deuda, ahora bien, puedo comprar eso periodos por moratoria? ya que con ellos puedo llegar a los 30 años....de ser así se hace todo en sicam 1, o tengo que ampliar?
espero q sea mi última pregunta...
SI PODES COMPRAR LO QUE TE FALTA TODO EN SICAM 1.
SOLO ES OBLIGATORIO LIQUIDAR EN SICAM 2, CUANDO SE ACOGE A LA RES 592/79 Y NECESITAS AMPLIAR SERVICIOS. SUERTE.
 #903621  por sc
 
disculpen pero otra vez me trabé...el tema es el siguiente durante los períodos 1/73 a 12/80 el señor tenía deuda, a todo ese periodo le apliqué art. 1., ahora bien, la duda es la siguiente, vuelvo a colocar ese periodo, pero comprandolo por moratoria...esta bien? pero cuando liquido no me figura porque figura el beneficio....no se si se entiende...es decir.

De acuerdo a los datos registrados, incorporé (entre otros datos) en la situación de revista:
10/69 a 06/80
7/80 a 12/81

Como parte de este periodo figuraba con deuda, renuncié
1/73 a 12/81

y luego compre por moratoria ese mismo periodo.

pero al liquidar figura el beneficio y por lo tanto me faltan esos años.
Hay algo q estoy haciendo mal.
 #903627  por exjefe
 
sc escribió:disculpen pero otra vez me trabé...el tema es el siguiente durante los períodos 1/73 a 12/80 el señor tenía deuda, a todo ese periodo le apliqué art. 1., ahora bien, la duda es la siguiente, vuelvo a colocar ese periodo, pero comprandolo por moratoria...esta bien? pero cuando liquido no me figura porque figura el beneficio....no se si se entiende...es decir.

De acuerdo a los datos registrados, incorporé (entre otros datos) en la situación de revista:
10/69 a 06/80
7/80 a 12/81

Como parte de este periodo figuraba con deuda, renuncié
1/73 a 12/81 NO HACE FALTA RENUNCIAR A LOS PERIODOS ANTES DE 09/1993, YA QUE EN DICHOS LAPSOS PUEDES CAMBIARLE LA ACTIVIDAD Y CATEGORIA, Y AL LIQUIDAR TE TOMA LOS PAGOS REALIZADOS.


y luego compre por moratoria ese mismo periodo.

pero al liquidar figura el beneficio y por lo tanto me faltan esos años.
Hay algo q estoy haciendo mal.